Da igual matar a tres que a trescientas personas. La magia de la «conexidad»

Este artículo trata de explicar un fenómeno aparentemente dificil de entender: da igual matar a tres que a trescientas personas. Funciona un limite legal. Pero si una vez en prisión mata a otra persona el penado, esta nueva muerte tiene mas pena que la que debería corresponden a las 297 anteriores. ¿Increible?.

Ayer os decía que, dado que nos encontramos en pleno debate parlamentario sobre la reforma del Código Penal, y uno de sus temas estrella es la cadena perpetua revisable que propugna el PP, resultaría interesante conocer el mecanismo, el artificio por medio del cual un condenado a 2.000 años de prisión tiene “derecho” a que se le aplique el límite antiguo de 20 años  y el “moderno” de 30 años, que ahora ha sido elevado en determinados casos a 40 años. ¿Por qué y en base a qué? Si eso es así, preguntan algunos,  ¿por qué no se dice mas claro y se dejan de demagogias como la condena a un número de años años que van mas allá de los límites de vida humana? ¿Qué sentido tiene?

Ya se que en esta plataforma no todo el mundo es letrado y mucho menos especialista en los Derechos Penal y Penitenciario, pero sin rubor puedo aseguraros que en mi larga, muy larga experiencia penitenciaria, he podido comprobar, no sin asombro y a veces algo de sonrojo, cómo expertos teóricos carecían de los elementales conocimientos en materias de las que deberían ser cuando menos conocedores.

Empecemos. Si un delincuente ha cometido mas de un delito, el art. 74 del Código Penal (CP) obliga a imponerle las penas correspondientes a cada uno de los cometidos, y el art. 75 remata asegurando que todas las penas impuestas deben cumplirse simultáneamente y si no es posible, una detrás de la otra empezando por las de mayor gravedad. Bueno pues con estos dos artículos queda claro que si un delincuente es condenado, por ejemplo, a tres penas de 20 años cada una, por tres asesinatos distintos debería cumplir primero 20 años , después 20 años y después los 20 años que quedan.

Sucede que esto no es así. ¿Por qué no? Porque el propio CP diseña dos instrumentos al servicio de que tal cosa no suceda. Uno es el triplo de la mayor, unida al tope legal, una de las reglas de oro del mundo penal. Otra mucha menos conocida : la mas abstrusa, la mas compleja, la mas difícil “conexidad”. Vamos a ello.

El triplo de la mayor

El triplo de la mayor es una regla muy clara. Tenemos un delincuente que es juzgado en un mismo proceso por varios delitos. Luego diré por qué es posible esto. Pero ahora supongamos que un delincuente es juzgado en un proceso ante un mismo tribunal por diez asesinatos. Por ejemplo, porque entró en una cafetería con una metralleta y mató a diez personas. Cada persona es un delito de asesinato, como es normal, y cada delito lleva su pena. El Tribunal condena al asesino a 20 años de cárcel por cada asesinato de cada víctima, así que tenemos 200 años de prisión. Si se aplicara estrictamente la condena sería cadena perpetua, claro. Pero no se aplica. ¿Por qué?

Por la regla del triplo. Así dice el Código Penal en el art. 76: “el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido, declarando extinguidas las que procedan desde que las ya impuestas cubran dicho máximo, que no podrá exceder de 20 años”. Por tanto, da igual que sean diez asesinatos que dos. El máximo de cumplimiento efectivo no puede pasar de veinte años. ¿Qué es cumplimiento efectivo?. Esto nos complicaría demasiado ahora que estamos viendo como funciona la limitación. Ya llegará el día, si procede, de explicarlo. De momento basta con retener la idea de que da igual matar a dos que a trescientas personas. Recordar el caso de De Juana Chaos, y entenderéis por qué una condena de 2.000 años se queda, por obra y gracia del triplo de la mayor, en el límite legal. Es duro decir que a estos efectos es lo mismo matar a tres personas que a cien, pero así son las cosas.

Este límite, este triplo de la mayor, que en nuestro caso sería 60 años (tres veces 20) queda, como digo, reducido a veinte. Las reformas, sobre todo de la Ley de Cumplimiento Integro de 2003, que sufrió este artículo en su vida, elevaron ese límite, a medida que el terrorismo iba provocando mas y mas indignación en la sociedad española. Y el triplo de la mayor tiene ahora los siguientes listones:

De 25 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión de hasta 20 años.

De 30 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión superior a 20 años.

De 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y, al menos, dos de ellos estén castigados por la ley con pena de prisión superior a 20 años.

De 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos de terrorismo de la sección segunda del capítulo V del título XXII del libro II de este Código y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión superior a 20 años.

Ya veis que sigue válido el principio anteriormente expuesto, si bien en lugar del límite de 20 años se establece el de 40, pero la sustancia sigue siendo la misma: da lo mismo matar a tres que a treinta y tres o trescientas treinta y tres personas.

La terrible “conexidad”

Claro que si recordáis para que este límite, el del triplo de la mayor se aplicara, deberían darse varias condiciones: un solo autor, varios delitos y que todos ellos se juzgaran al mismo tiempo en un solo proceso penal.  Es decir, en el mismo proceso. ¿Y es lógico que diferentes delitos se juzguen en un mismo proceso?. Esta es la pregunta clave y de cuya mano nos vamos a acercar al terrible mundo de la “conexidad”.

Importante la pregunta. La respuesta la proporciona el art. 300 de la Ley de Enjuiciamiento Crminal: “Artículo 300. Cada delito de que conozca la autoridad judicial será objeto de un sumario”   Es lo lógico porque ¿qué tiene que ver una violación con un robo y un asesinato sobre todo si son víctimas diferentes? Pues en principio no tienen nada que ver y debería aplicarse el postulado de a cada delito un proceso. ¿En ese caso no funcionaría el triplo de la mayor, es decir, el límite ese que acabo de señalar?

Ya sabía yo que me ibais a hacer esa pregunta y pido un poco de paciencia porque no es tan fácil responder sí o no. Un momento de calma. Vamos a seguir. Recordemos el principio de que a cada delito un proceso salvo…. ¿salvo qué? Pues salvo lo que dice el propio artículo 300 de la misma Ley de Enjuiciamiento Criminal: “Los delitos conexos se comprenderán, sin embargo, en un solo proceso”. Ya tenemos el lío en las manos, porque ya apareció la conexidad. Y ahora ya estáis en condiciones de entender que el ser juzgado en un mismo proceso no es una cuestión de economía procesal, sino mucho mas seria porque sirve para que entre en juego el limite legal del triplo de la mayor. Ni mas ni menos. Así que conocer qué son delitos conexos es algo esencial para entender la extensión de la pena. ¿Por qué la pena varía de manera tan dramática por el hecho de ser enjuiciados en un mismo proceso? ¿Por qué lo procesal tiene eficacia determinante en lo sustantivo? De nuevo preguntas, preguntas…esperar un rato. Vamos a seguir.

El punto clave lo proporciona la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal en el art. 17. Hay varios tipos de delitos conexos pero como aquí nos interesan los cometidos por una misma persona, dejemos los otros. Son delitos conexos “los diversos delitos que se imputen a una persona al incoarse contra la misma causa por cualquier de ellos, si tuvieren analogía o relación entre sí, a juicio del Tribunal, y no hubiesen sido hasta entones sentenciados”.

Un asesinato, una violación y un robo. Entre cada uno de ellos media, por ejemplo, un año de diferencia. Uno se cometió en Cuenca, (asesinato), otro en Madrid (violación) y otro en Sevilla (robo). Ya se que me diréis que no cito Galicia por eso de la patria chica. Pido perdón a los conquenses, madrileños y  sevillanos, pero es solo un ejemplo. ¿Podrían ser estos delitos juzgados en un solo juicio?. Hombre parece complicado, salvo que el tribunal entienda que guardan analogía o relación entre sí.

¿Analogía? Pues parece que no, porque nada tiene que ver el robo con la violación. ¿Y relación? Hombre relación sí, porque al fin y al cabo son cometidos por un único sujeto. Pero no parece que la Ley quiera decir eso. ¿O sí?

Pues sí. Exactamente la Ley no, pero la interpretación del Tribunal Supremo ofrece pocas dudas porque en sus sentencias ha ido dulcificando  su doctrina acerca de la conexidad, de modo que el criterio básico es la llamada conexidad temporal.

¿Que quieren decir esas dos palabras?  Pues que hay que atender al momento en el que se cometieron los delitos como única referencia aparte de la autoría común claro. ¿Quiere esto decir, en el ejemplo anterior, que si no se hubiera abierto proceso por ninguno de los tres delitos, robo, violación y asesinato, y se abre uno de ellos pueden juzgarse al tiempo los otros dos?. Pues sí, quiere decir eso. ¿Quiere decir que en ese caso entraría en juego el límite del triplo de la mayor?. Pues si quiere decir eso. ¿Quiere decir que entonces la analogía o relación consiste en que basta con tener un mismo autor?. Pues si, quiere decir eso. ¿Entonces siempre funciona el triplo ese?.

Seguro que alguno de vosotros, atento a lo que estoy escribiendo, dirá:

-No, porque tienen que ser juzgados en un mismo proceso. Por tanto, si, por ejemplo, la violación se juzgó antes del segundo juicio, el que se celebra por robo y asesinato, pues ya no procede. Se aplicaría el triplo a la condena de robo y asesinato, pero no conjuntamente con la violación.

Pues es una pena tener que contradecir una proposición que parece muy lógica, pero no me queda mas remedio que hacerlo.  Lo que cuenta no es la fecha de la sentencia sino la fecha de los hechos cometidos. ¿Galimatías?. No tanto.

Me condenan por robo y violación. Tengo sentencia firme. Después de la sentencia, asesino. Otro proceso, el mismo autor, pero la condena segunda ya no sería acumulable. ¿Por qué? Porque los hechos -el asesinato- es posterior a la fecha de la sentencia firme derivada del robo y violación. ¿Qué se persigue con esto? Pues evitar crear un área de impunidad en lo posible.

Vamos a ver: si he sido condenado a treinta años efectivos por tres asesinatos con sentencia de 15 de marzo de 2000, por ejemplo, como ya no puedo pasar ese límite, si mato después de esa fecha me saldría una condena libre de pena efectiva porque por el mecanismo de la acumulación, previa declaración de conexidad, llegaría al triplo famoso. Y eso no tiene lógica.

Es verdad que no la tiene, pero parte de lo que he explicado hasta ese momento tampoco. Así que la lógica no es el único valor en juego en este lío.

Y una pregunta que seguro alguien se hace. Veamos. Primer delito: robo, me condenan a cuatro años y los cumplo. Luego me abren proceso por violación cometida antes de la sentencia de robo. ¿Sería acumulables? Pues por esa conexidad temporal, sí. Pero ¿qué pasa si cuando me condenan por violación ya he extinguido, ya terminé de cumplir la condena por robo? ¿Podría acumularse una condena extinguida? Pues sí. El Tribunal Supremo declara la acumulabildiad -vaya palabrita- de las condenas cumplidas siempre que se hubieran podido juzgar en un mismo proceso. Esto aparentemente es llamativo, pero en el fondo muy lógico: si los delitos se habían podido juzgar en un solo proceso, pues si no se ha hecho es que ha fallado el sistema y eso no lo debe pagar, desde este plano, el penado, y si por retrasos en los procesos resulta que ya ha cumplido una parte de la condena acumulable, pues no debe ser de peor condición que el que no la hubiera cumplido.

Creación de un área de impunidad

Los que hayan tenido la paciencia de llegar hasta aquí -mucha paciencia es- ya pueden entender por qué en las páginas 92 y siguientes de mi libro derecho Penitenciario Vivido dediqué un apartado a lo que llamo “La creación de un área de impunidad”.

Lo ejemplifico: un terrorista comete tres asesinatos. No le descubren. No le juzgan. A partir de ese instante, como va a funcionar la conexidad por ser miembro de la banda terrorista, es decir, autor de asesinatos (conexión subjetivo/temporal), puede matar a ciento cincuenta personas mas que ninguno de los nuevos asesinatos le va a suponer ni un día de condena efectiva, aunque ante la opinión se le condene a 3.500 años. Cuando lo descubrí me quedé un tanto perplejo y por eso escribí en mi libro:

“En consecuencia, el mensaje es el siguiente: una vez cometidos un par de asesinatos (por ejemplo) dado que la condena por ellos alcanzaría previsiblemente los treinta años, el terrorista en cuestión dispone de un período de impunidad que abarca desde ese mismo instante hasta el momento de la sentencia definitiva, porque todos, absolutamente todos los delitos cometidos en ese período de tiempo son acumulables, por graves u terribles que sean, y, en consecuencia, cualquiera que sea su gravedad, no pueden llevar la pena mas allá de treinta años. Con ello las bandas podrían constituir liberados de impunidad: sujetos que una vez asesinadas dos personas ya pueden ser utilizados sin riesgo penal para atar, robar, violar, cometer estragos, bombardear cuarteles de miembros del orden público…”

Seguro que después de quedarse en el mismo grado de perplejidad que me produjo a mi la conclusión anterior, si alguien decide seguir dándole vueltas a la cabeza y profundiza en ese momento temporal que parece tan importante, tan crucial, la fecha posterior a la sentencia firme, puede hacerse la siguiente reflexión:

-Vamos a ver, un etarra ha matado a treinta y cinco personas y la condena, la que sea, tiene el limite legal: 40 años. Luego lo ingresan en prisión y le llega la sentencia firme, por ejemplo el 15 de enero de 2000. Y en una pelea carcelaria el 18 de Enero de de 2000 mata a otro preso que estaba encerrado por atraco a una sucursal bancaria y lo mata a sangre fría. ¿Sería acumulable la nueva pena por asesinato?

-No, claro que no, porque los hechos son posteriores a la sentencia firme que le llevó a prisión.

-Entonces, después de cumplir los cuarenta años «efectivos» por las trescientas víctimas tendría que cumplir la condena por el asesinato del preso?.

-Pues sí, eso parece

-¿No habría límite?

-Pues me parece que no

-O sea, ¿que de los treinta y cinco asesinatos anteriores, treinta y dos no añadieron pena y este nuevo cometido en prisión sí?.

-Pues si

-¿Y eso que lógica tiene?

-Ninguna, ninguna lógica a mi modo de ver.

-Así que en vez de tanto ruido con la cadena perpetua revisable, ¿no bastaría con modificar los criterios jurisprudenciales de acumulación y punto y final?


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98 pensamiento sobre “Da igual matar a tres que a trescientas personas. La magia de la «conexidad»

  1. superviviente

    Excelente lección magistral de Derecho Mario, enhorabuena. Esto no hace más que reafirmar mi idea sobre la Justicia o mejor dicho sobre el Derecho como instrumento de la Justicia ¿Cuantas veces me he quejado del engendro legal en que se ha convertido la Justicia? Muchas, ahora queda una vez más demostrado que no siempre el Derecho se acerca a la Justicia sino por el contrario no solo se aleja, sino que la distorsiona hasta pasar a ser todo lo contrario.

    ¿Cuantas veces en un juzgado he visto al Juez más preocupado de descifrar el galimatias procesal que ahondar en el esclarecimiento de la verdad? Todas.

    En el caso que usted excelentemente nos ha explicado, es obvio que no solo el legislador equivoca las fundamentales reglas aritmeticas sino que este despiste moral produce incoherencias que mas tarde acabarán afectando negativamente a lo que debería ser el reparto equitativo de las penas y con ello lo único que crea es una nueva artimaña legal donde agarrarse, este es el pan nuestro de cada dia, no solo en el Código Penal sino en el Codigo Civil.

    Hay cientos de articulos de ambos Códigos que con una lección tan magistral como la que nos ha dado hoy, podríamos ir desmontando y viendo como la interpretación de muchos de ellos conducen a la profusión de artimañas legales y no a la claridad conceptual que evitára cualquier tipo de interpretación torticera y admisible.

    La Justicia queda una vez más en entredicho y se aleja de los postulados racionales que todos los justiciables merecen para convertirse en un juego de descifrar el contenido de los articulos y buscar la trampa que se pueda hacer con ellos, todo ello en perjuicio de la propia Justicia que a cada tergiversación, interpretación y aceptación de la trampa legal, va despidiendo un olor a podrido que la hace insoportable. Saludos y enhorabuena.

  2. jtamames

    Creo que sería muy interesante que el legislador de lo penal leyera y estudiara “Derecho Penitenciario Vivido”.

    Las consideraciones que aportas debieran ser tenidas en cuenta en cualquier reforma.

    Tendría sentido hacérselas llegar al legislador.

    Este texto incluye la denucia y la enuncia.

    1. Mario Conde Autor del artículo

      @jtamames, El libro, Joaquin, ya se encuentra, como dijo ayer JS, en la biblioteca de la Audiencia Nacional. El Presidente de la Sala de lo Penal me dijo personalmente que lo tiene como libro a consultar. Lo que realmente aporta, con independencia de una construcción teórica explicativa del Derecho Penitenciario, es la visión del Derecho como experiencia, como la norma se convierte en acto y conducta. Eso es lo real. El principal problema reside en el juego de dos hechos: la ignorancia sobre la materia y el deseo de ocultarla. Asistí en Burgos hace pocos días a unas jornadas de Derecho penitenciario organizadas por el Colegio de Abogados de Burgos. Asistentes: letrados. Conclusión: se sabe muy poco de Derecho Penitenciario, tan poco que al oír determinadas conclusiones se provoca estupor y eso lleva a la creencia de que son conclusiones equivocadas. Pero en mi caso, al menos en algunas materias, no se trata solo de razonar conforme a los postulados de lo jurídico, proceso en el que lógica ocupa -debería- un lugar de privilegio, sino de experimentar lo vivido. La diferencia entre la pizarra y la vida
      Gracias Joaquin

      1. carlosrodmar

        @Mario Conde, Me siento un auténtico privilegiado por leerle, de verdad, y sin ánimo de adularle.
        Iba a utilizar el calificativo de didáctico, pero me parece darle mayor valor diciendo que es un planteamiento absolutamente lógico.
        Otra vez felicidades y muchas gracias, ha creado un entorno de paz y equilibrio, donde expresarnos y mejorar nuestros puntos de vista.

      2. Charo

        @Mario Conde,

        Me pregunto si alguna vez se le ocurrió crear un Centro de Estudios con Programas Master. Lo pienso muchas veces, sería muy valorado.

      3. Jose Soler

        @Mario Conde,

        Y en esas jornadas de derecho penitenciario de Burgos… ¿hubo alguien que expusiera y razonara que esas conclusiones fueran equivocadas?, seguro que no.

        Saludos.

        1. Charo

          @Jose Soler,

          Hola José.

          Muchas gracias por tu respuesta.
          Cuando la he recibido, como si me llegó esta misma respuesta alguna otra vez, ¿quizá lo habré preguntado antes? ¿quizá fue respuesta a otra persona? solo me queda un «déjà vu», ¿será una paramnesia?, alzheimer?, senilidad? o simplemente que manejo una empanada congénita? Bueno, teniendo en cuenta que me enteré el otro día que mi abuelo además de su empresa estuvo asociado con un tío abuelo de ZP allá por los años 20 30 ó 40….. pues claro, esto explica que no me entere de las actividades de los demás.

          ¿Era esta? http://www.madrid.uibs.org/

          Desde luego, es que con ese nombre, poca gente puede saber quien está detrás.

          Un cordial abrazo

  3. Isabel

    Gracias Mario, por hacer entendible tan complicado proceso. Ahora lo entiendo un poco más, pero me sigue pareciendo incomprensible 🙁
    Buenos días a tod@s companeros

  4. milanes

    Los Seres humanos, han tendido siempre a crear reglas y leyes para corrección de la conducta de ciertos sujetos y la prevención de delitos. De esta forma previenen a la sociedad de que se despiste y pueda caer en delitos.

    Pero en el trascurso del tiempo, se van a justando las reglas y leyes a las tendencias de pensamientos e interés de ciertas sociedades.
    En el caso que tratamos es verdad según lo expuesto, que estas reglas y leyes no se ajustan a una realidad de los hechos cometidos por un sujeto. Pero el problema yo no lo veo en que un individuo, tenga que cumplir un año o dos mil años de condena por los delitos de asesinato.
    Si no el como el sujeto debe reinsertarse a la sociedad y ser una persona válida para la misma, sea la sociedad en la que se encuentre, bien sea en la cárcel mientras cumple la condena de los años que tiene que cumplir o a su término cuando salga de la cárcel, para una mejor adaptación a dicha sociedad.

    Por otra parte si lo miramos desde el aspecto espiritual, tenemos que un sujeto o grupo de individuos, por conexión o lazos de karma, individual o grupal debe cumplir con ciertos requisitos, ya sea impulsado por su propio karma e influenciado por (digamos por ciertas energías o entidades ignorantes y egoístas), para corregir hechos de una vida pasada de el mismo o del grupo al que pertenece y por lo tanto, pagar y sufrir para corregir errores cometidos.
    Teniendo en cuenta que la cadena de efectos por el hecho cometido, va a repercutir de una forma directa o indirecta en el cumplimiento del karma grupal, dando por resultado el pago de deudas pasadas de otras vidas y su transformación en karma benéfico individual y colectivo.

    Así pues tenemos, que el sujeto cumple con su karma, karma grupal y planetario, pues sus efectos repercutirán en el colectivo grupal, nacional y planetario.

    Atentamente. Milanés

  5. MORITO

    Si el hecho de juzgar ya es una función extremadamente delicada, el hacerlo desde la base de un código penal tan «especial» lo hace aún más.
    No tiene el menor sentido mantener algo que parece obsoleto e induce a la confusión, además de parecer injusto a todas luces.
    Lo que me pregunto es porqué no demandan los propios magistrados el disponer de un marco legal que simplifique su trabajo y haga más justas y eficaces las sentencias.
    Buen día para todos.

    1. joanlop

      @MORITO, Obsoleto? precisamente este código es llamado el de la democracía, y el que era obsoleto era el anterior con su reforma de 1973. Napoleónico. Los magistrados, los expertos en leyes saben de lo esteril del debate. En nuestro código penal hay instrumenos para que una persona pague por el delito cometido. Luego está el dicha condena se cumpla escrupulosamente. En la cárcel para no dejar salir a una persona se utilizan la mar de subterfugios. No pasen pena que aquellos que han hecho daño contra más se conciencie la sociedad y se interese por lo que ocurre en las cárceles aquel que lo merezca cumplirá hasta el último dia.

  6. goldti

    Entonces sospecho que discutir y modificar una pequeña parte del código, como la cadena perpetua revisable, añadiría otra modificación » condicional» más. Mi pregunta es ¿ este sin sentido que has comentado es producto de ir parcheando la ley o de que está mal hecha de salida?

    La segunda pregunta es aún más naif ¿ de todos los especialistas en derecho penal de España ¿ solo tu te lo has planteado ? ¿ y los demás, jueces incluidos, nadie se ha enterado ?

    Adivino que tu especialidad no es, mejor dicho, era penal ( ahora ya debes saber un montón) mi asombro es la pasividad general…

    Menos mal que la Audiencia ya tiene al menos algo de luz con tu libro » Derecho penitenciario vivido», ahora pásales » Memorias de un preso» para mayor tranquilidad nuestra…

    Mi felicitación por tu incursión en semejante selva-articulada-laberíntica

    Saludos

  7. Socrates

    Esta magistral lección propia de penalistas no hace sino reafirmar mi Tª personal que considera un dispendio innecesario la inmensa mayoría de los procesos penales que se llevan a cabo en nuestro país. Sin duda, no hay que ser un jurista ni un tipo muy avezado en pleitos de justicia, para darse uno cuenta que el Dº Penal vigente en España, no hace más que complicar unos procedimientos demasiado legalistas y burocratizados, estableciendo un agravio comparativo entre la víctima del delito en cuestión (perpetrada por un delincuente concreto sobre un ciudadano casi siempre sin antecedentes penales), con respecto a su verdugo: el delincuente (normalmente multirreincidente y sin solución de continuidad delincuencial/ criminal).

    Lo anterior me lleva sin ánimo a equivocarme, a condenar taxativamente el orden establecido de la absurda y buenista concepción del delincuente/criminal que establece nuestro pueril ordenamiento jurídico penal. Es decir, y para entendernos de una vez por todas, a mi juicio -y aquí creo que coincide conmigo la inmensa mayoría de la gente de la calle- lo importante y prioritario es salvaguardarnos punitivamente de los delincuentes, y no al contrario como ocurre por absurdos complejos heredados del buenismo progre y ucedista de la Transición y período constitutivo, que alumbró nuestra bondadosa Carta Magna con respecto a los delitos y a esa entelequia de la reinserción, en detrimento de la seguridad ciudadana y del derecho a la libertad que, debería proteger a cualquier ciudadano de los criminales que campan a sus anchas por la piel de toro.

    P. S.: Grábenselo en sus cabezas: Sin seguridad no hay libertad. Se hace perentorio revisar los artículos 25. 2.; 17.1.; y el Art. 15 de la Constitución del EuroDisney para delincuentes (antitéticos con la actual realidad social amenazada por la criminalidad pagada con fruslerías).

    1. joanlop

      @Socrates, Incluyes en este concepto de delincuentes a los que entraron con 16 años después de pasar por el reformastorio? incluyes a los miles de presos muertos de SIDA? hijo mio perdona pero debes seguir leyendo sobre lo penal y penitenciario. Una cosa es la democracia, los valores humanos (prefieres el ojo por ojo?) y otra cosa es entrar a la cárcel y proclamarte inocente después de ver la catadura moral de quienes te custodian es todo una. Mas información por favor. Se hace mucho daño pensando así, no te das cuenta? No se puede meter a todos en el mismo saco, de la misma manera que hay buenos jueces y buenos policias y buenos carceleros, hay presos que su único delito ha sido el ser pobre? No es esto no es esto. Gracias.

      1. Socrates

        @joanlop, Entendido, ningún problema. Y también hay peones de albañil (nacidos con poquísimos recursos económicos) que su único delito ha sido durante toda su vida laboral, levantarse a las 6:00 Hs. de la mañana, coger el autobús o desayunarse un atasco de una hora, para estar en el tajo a las 8:00 Hs. comer a pijo sacao de la fiambrera lo que les prepararon sus madres o esposas (fregonas de escaleras o chachas de chalets de ricos o de gente acomodada) la noche anterior regado con Tío de la Bota, y trabajar a destajo hasta las 19:00 Hs. aguantando el mal carajillo del jefe de obra, y nerviosos por si el viernes a mediodía no paga el hijo puta del constructor. Éstos también viven en barrios marginales, son muchos de ellos hijos y padres de familia de familias desestructuradas, y no han pisado una cárcel en sus vidas de peones camineros. Así que, menos demagogia y seamos serios todos, Vd. y Yo y los demás.

        P. S.: Ni «la culpa la tiene la sociedad» (como decía aquel eslogan de finales de los setenta, principios de los ochenta); Ni el Vaquilla era el alegre bandolero, ni el Torete era un santo.

  8. Ricardo

    Magnífica explicación ; aclara muchas dudas , sobre todo cuando en los medios escuchamos » varios miles de años» y luego queda en nada . Me parece escalofriante que nuestros magistrados trabajen con semejante galimatías ; ahora se entienden muchas cosas . Lo que no acabo de entender es el coste de cambiar una ley o el código de la ley : ¿tiempo? ¿esfuerzo? ¿votos? .
    Los ciudadanos se manifiestan una y otra vez reivindicando dos cosas: «el cumplimiento íntegro de las penas y la cadena perpetua» . Volvemos una y otra vez sobre lo mismo , leemos el artículo 25.2 de la constitución : «las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social»

    Si las penas estuvieran enfocadas a la reinserción sólo sería posible una pena con duración indefinida: si el objetivo es reeducar, el delincuente no podrá salir de la cárcel mientras no esté reinsertado, por lo que nunca podríamos saber de antemano qué pena le corresponde a cada delito, lo cual es una aberración jurídica, y además romperíamos un principio básico como es que ante el mismo delito se debe cumplir la misma pena, porque la duración del castigo infringido por un delito dependería de cada persona.

    Es decir que por una parte tenemos la Constitución , y por otra un Código Penal absurdo , donde se dan de bruces el principio de la reinserción y el cachondeo de los números «para que esto salga mejor» , que da igual matar a tres que a trescientos, pero vamos a hacerlo para reinsertar…

    Creo que lo que falla es la falta de Armonización : de las leyes, del sentido común , pero sobretodo falla la capacidad de generar paz en contra de la violencia .

    Una sociedad ciega y sorda ante los problemas sociales solo termina generando una delincuencia cruel y sin piedad… tendríamos que sentarnos a pensar seriamente que sólo a través de una vivencia del amor, de una apertura hacia el prójimo podríamos cambiar este panprama actual de tanto odio y agresividad que priva en las relaciones entre los hombres…

    Queda mucho aún …

    1. joanlop

      @Ricardo, Ahí ahí, y este foro lleva ese camino. La comprensión, la discusión, el matizar, pero siempre sabiendo de lo que se habla. De economia, de politica puedo tener una opinión y unos conocimientos limitados, pero de cárceles? Dios mio.

  9. EOLO

    La ley falla, fallan los jueces en su interpretacion, …
    Las correcciones llegaran tarde y mal.
    Gracias por exponer d emodo sencillo y hasta con un toque de humor, algo que para la mayoria es desconocido, pero que intuimos sin ser letrados.

    EOLO
    uuuuuuffff

  10. juanarmas

    Para los que somos legos en la materia, este acercamiento a los vericuetos interpretativos de la normativa nos sirve de ayuda para comprender si quiera su incomprensión; al menos, desde la lógica del sentido común, que como apuntas, parece no siempre se estima como patrón necesario en la resolución de los planteamientos a los que hay que establecer prioridades interpretativas, por decirlo de algún modo.

    ¿Dónde está el sentido común de una condena de 2000 años? ¿Se busca dar la percepción popular de que a efectos judiciales/estatales, esa persona es «mala mala de verdad»? ¿No sería necesaria una simplificación de la normativa a la realidad de nuestra condición humana?

    Da la impresión de que expresiones aparentemente interconectadas como el triplo de la mayor, la conexidad o la acumulabilidad, buscan crear una sensación de galimatías que haga abandonar al común de los mortales su cándido intento de comprensión.

    Si al final, por lo que parece, todo depende de criterios interpretativos -de cómo se enfoque el asunto y las leyes con las que se «juegue» en dicha interpretación-, posiblemente seguiremos en esencia con la ley de todas las leyes: la justicia será mostrará más justa para quien tenga medios o poder para ésta se balancee a su lado; para el que tire del «de oficio», cruzar los dedos y encender por si acaso varias velas mientras dure el juicio.

    Es necesario que se facilite el acercamiento a estos sinsentidos sociales, jurídicos, sanitarios, administrativos, políticos, etc. Gracias Mario por la labor que estás haciendo en ese sentido en tu campo de pizarra y sobre todo de vida.

    Buen día

    1. superviviente

      @juanarmas, Y si eres empresario y acabas en el Juzgado de lo Social, aprieta los dientes porque tienes mas probabilidades de que te toque la bonoloto a que salgas con una sentencia favorable. Saludos.

      1. superviviente

        @superviviente, Me entero de que acaban de poner en libertad, antes de que se dicte sentencia, al jefe de la mafia rusa Kalasov, con una fianza de 300.000 euros que ha abonado su abogado Javier Gomez de Liaño en metalico y personandose además como fiador y estableciendo el domicilio del mafioso en su despacho de abogados. Pero todavia más increible es que uno de los jueces que lleva el caso es coleccionista de iconos rusos. Parece ser que mañana recibe procedente de Rusia y encargado por Kalasov, su regalito. Apesta.

      2. Teilhard

        @superviviente,

        …eso le pasa al empresario por ir al juzgado de lo social. Tengo una sentencia en mis manos por la que el juzgado de lo civil condena al trabajador a devolver parte de su sueldo al empresario, (como enriquecimiento injusto) porque este había retenido de menos…moraleja que se vaya a la jurisdicción civil allí al menos puede pasar de todo…

  11. Osnofla

    Muchas gracias por la explicación. Cada día me produce más asco la Justicia de este país y todo y todos los que la rodean. No piensen Ustedes que es por lo que no cumplen de condena,no. Es por la burda manipulación, que cuando interesa, determinados personajes pueden hacer de ella. El rodillo es para todos. Estoy contento, pues cada día veo más cerca el cambio total y la eliminación natural, por proceso selectivo muy personal demostrado en su día a día, de los que no deberían tener ni una pizca de acercamiento al poder, que son muchísimos. Muchas gracias y buenos días.

  12. FERNANDO

    Brillante y clara exposición. Me reafirmo en la opinión de que la justicia debe de acercarse más a la lógica que a la filosofía. Porque, para el ciudadano de la calle, para aceptar la justicia como algo suyo debe de sentirla como tal y así entenderla. Tenemos un oportunidad de oro para romper el divorcio entre justicia y sociedad fomentando estos puentes de entendimiento.

  13. Meizoso

    Lo que yo no entiendo Sr. Mario, es que si hay paradojas jurídicas como ésta por qué desde dentro no se promueve una revisión completa de los casos más sonantes? ¿Es que entre tanto juez digno de Sálvame Deluxe como Garzón no tenemos jueces vocacionales que exijan mejoras en el código?. ¿Hay intereses que desconozco para que no se haga una reforma?, me gustaría que aguien me diese información sobre esto.

    Un abrazo para todos.

  14. martnelli

    Como siempre, el camino que sigue la Justicia (Derecho procesal, penal, magistrados, ficales etc.), es otro muy distinto al del sentido común. ¿Cuando en España se legislará, se gobernará, se juzgará con sentido común?.
    Gracias por su lección magistral que nos aclara muchas incógnitas y tambien nos avergüenza de tras muchas.

  15. jlmazon

    Las tarifas planas en el mercado punitivo tambien existen. El Corte Inglés como es comprador de gran calado obtiene en sus compras reducciones inasequibles al común de los comerciantes. Pues para los macro crímenes cometidos por particulares el Estado hace lo mismo, hace rebajas por ser gran consumidor de penas.
    Pero hubo un tiempo lejano donde el crimen no se castigaba como ahora, era necesario convencer al delincuente por parte de la comunidad de que había actuado mal y de que debía de aceptar una reparación por su propio interés. Hoy vestigios de este derecho ancestral sobreviven en culturas antiguas. Por ejemplo, en la Bolivia aymara, la pena tiene que ser aceptada por el delincuente y entre él y la comunidad, sujeto de la Justicia, se abre un dialógo en el que es necesario «abuenarse». Don Quijote de la Mancha preconizaba el mismo modelo judicial «estos galeotes no van de su voluntad luego aquí encaja la ejecucion de mi oficio, deshacer fuerzas» más o menos dijo el hidalgo aventurero. Asi que nuestro modelo de a tal delito tal pena forzosa es de un atraso histórico tremebundo, hemos perdido la sutileza que tuvimos y este derecho penal de ahora es el DERECHO DE LOS BRUTOS O DE LOS EMBRUTECIDOS.

    1. Socrates

      @jlmazon, Sí pero, Don Quijote les solicita a los «maravillosos e inocentes» galeotes que, como agradecimiento a su «justa» liberación rindan sus respetos a su hermosa Dulcinea. Ellos muy «solícitos y agradecidos» contestan apedreando a guijarrazos al hidalgo pirao, le roban sus enseres y pertenencias y huyen ante el peligro de que la Santa Hermandad los vuelva a detener tal y como se merecen por sus fechorías, y no por ser precisamente unas hermanitas de la caridad al servicio del prójimo.

      P. S.: Pues 400 años después, el mismo agradecimiento y los mismos piraos.

      1. jlmazon

        @Socrates,
        Don Quijote no consideraba «inocentes» a los galeotes sino que como caballero andante ponía los ojos en sus penas y no en sus culpas; rendir tributo a Dulcinea volviendo al Toboso con las cadenas para agradecer la libertad es un gesto sutil que el andante caballero pide a los liberados porque Dulcinea es la entidad divina que ayuda a los andantes a triunfar en sus gestas, enmascarada de moza de buen parecido que vivía en un lugar cercano al suyo. Digamos que era el pago por la liberacion que ellos, los encadenados, estaban muy lejos de asumir tomando por locura la gratitud que se les demandaba.
        Don Quijote quería libertar al propio género humano, los doce encandenados, las doce tribus de Israel. Quería que soltasen las estúpidas necesidades artificiales que los habían encadenado y que eran la causa de todas las desgracias que arrastraban. Pero ellos prefieren /preferimos/ las cadenas a la libertad, se acostumbraron tanto a ellas que se han soldado con su ser.
        En la humanidad de las muchedumbres las esencias humanas se han disuelto y por eso estamos al mismo borde de nuestra destruccion como especie. Don Quijote es como un tarrito de esencias que si lo agitas remueve las propias y renueva la condición humana. Algo es algo.

        1. Socrates

          @jlmazon, «¡Donosa majadería!» (le respondió el comisario al desfacedor de entuertos y justiciero), y al final: «don Quijote mohínisimo de verse tan malparado por los mismos a quien tanto bien había hecho.»

          P. S.: Con todo, tiene razón Vd.: «Siempre las desdichas persiguen al buen ingenio«.

  16. Angeles Sanchez

    A propósito de «Creación de un área de impunidad», Sr Mario Conde usted piensa que el delincuente en el momento de cometer el delito esta pensando si tiene posibilidad de acumulación? usted cree de verdad que en ese momento va con el código penal en la cabeza? y no me refiero al terrorista, hablo del delincuente común que casi la totalidad de la población reclusa.

    1. joanlop

      @Angeles Sanchez, Si se refiere a que si la gente va a robar con el código penal en la mano? los delincuentes antiguos con este código seguro que si y en vez de llevar una pistola de verdad la llevan de fogueo, y en vez de usar disfraz, por eso los agravantes los evitan, si después que te cogen puedes aducir toxicomanía entonces es que lo bordas.

      1. Angeles Sanchez

        @joanlop, No estoy de acuerdo, usted dice » los delincuentes antiguos con este codigo seguro que si» tengo que decirle que con el codigo penal antiguo tenian las mismas posibilidades de acumulacion, unicamente ha cambiado el nº de articulo y el maximo de cumplimiento, y por otro lado comentarle, que los delincuentes antiguos como usted los llama, si vuelven a delinquir es porque desde luego el tratamiento que reciben en la carcel por sus tecnicos es nulo y un absoluto fracaso, esas personas cuando salen a la calle, no tienen ninguna posibilidad de trabajo, muchos de ellos no tienen ni familia… y no les queda otra que robar para comer y la gran mayoria salen de la carcel toxicomanos, porque no se si usted sabra que la carcel es un mercado de drogas, la gente entra sana y sale enferma…..

        1. Angeles Sanchez

          @Angeles Sanchez, Estimado Joanlop, queria responderte en tu comentario de mas abajo, pero no se porque no me lo permite, asi pues te lo pongo aqui:

          Hola, veo que has sufrido en primera persona, por tanto tienes una vision real de lo que de verdad pasa en esas “casas”, en cuanto a lo de las asociaciones anarquistas, te digo que son los unicos que se encargan de hacer saber a la sociedad lo que de verdad ocurre dentro, estas asociaciones se involucran bastante, precisamente gracias a su lucha se ha conseguido recientemente la libertad de Pinteño, del cual dicen los medios de comunicación es el preso mas antiguo de España (algo totalmente falso) hay gente con mas años pagados y con mucha mas entidad que el, Montes Siero, Nieto Galindo, Amadeu Caselles, etc..,
          Espada es un buen tipo, es una barbaridad que por un atraco le condenen a 22 años, así tantos y tantos casos….
          Por casualidad coincidiste en algún hotel de esos con mi marido? se le conoce por Antoine.

          Me alegro mucho de tu libertad, cuídate mucho. Un abrazo

        2. joanlop

          @Angeles Sanchez, Antuan? de Barcelona?, sí es el que yo recuerdo sí, en Teruel. Por cierto le dieron la conducción de llá porque según la dirección del Centro «ud. tiene mucha identidad para esta cárcel». Ya sabemos que en prisión todo es interesado y este comentario no era más que tapar que les molestaba que estuviera, dentro de lo que cabe, bien. Quizás no hablamos del mismo pero Antuan sólo conozco al que menciono. De Barcelona y ya andará rondando los 55 o más. En Teruel en 1992 o pr ahí.
          Por lo demás, no me dirás que este Foro de Debates no tiene su mérito y aunque las opiniones sean muchas desde el desconocimiento se ve un deseo sincero de informarse. El tema de la prisión es harto manipulable por lop tanto cuando las opiniones son de personas respetables, como el creador del blog, que tiene poder de convocatoria pues se va grano a grano poniendo la realidad en su sitio.
          A mi de los las asociaciones no es que les niegue su merito pero huyo bastante de la parafernalia de los slogan, de las pintas..Aquí en Zaragoza, junto con otra gente formamos ASAPA asociacion de amigos de presos,bla,bla,y estuvimos en contra de la apertura de la macrocarcel de Zuera, pues bien, todos los años se hace una Marcha contra la macrocarcel de Zuera, ya son ocho años, yo estuve en la primera y en esta última, allí se montan conciertos fuera de la prisión, ponemos la emisora de Radio Topo, y en fin se pasa en dia jodiendoles la siesta a los presos(es broma) y a lo que voy es que los familiares ni se acercan a la fiesta porque ven punkis, y gente «rara». Claro que se mueven y luchan, pero utilizan mayormente grandes mentiras, porque yo conozco a mucha gente que no eran anarkistas cuando cometían delitos y después para arroparse se cuelgan unos carteles de libertarios,expropiadores de bancos, etc. Y soy de opinión que si queremos hacer algo por la realidad no hay que mentir. No hablar de gente inocente sino de que hay unas leyes, y hay que cumplirlas. Después ya sabemos que si tienes dinero no te tratan igual que si no lo tioenes. Y podriamos llenar páginas de injusticias. Tenemos la desventaja de una sociedad que pasa de todo. Que nos meten en el mismo saco a todo el mundo y que hacen leyes por decreo que perjudican a todos cuando el motivo de la ley se supones que es joder sólo a unos encuadrados en cierto tipo de delitos. Después sabemos que los guardias aplican lo quwe te va mal a rajatabla. Es un antagonismo que es dificil de superar. No obstante las carceles han cambiado mucho. Nadie dice que tienen a mas de la mitad de una carcel enganchadav a la metadona y esto es muy grave. Seria otro debate. Hay que darle las gracias para terminar a Mario Conde. Sin peloterismo alguno. Gracias. A que si.

        3. Angeles Sanchez

          @Angeles Sanchez, Hola de nuevo, disculpa la demora en responder a tu comentario, si es el mismo Antuan, el estuvo en Teruel hasta que le mandaron para Meco, mas o menos en el año 91 ( el que consiguio las estufas para la escula , etc..) Se lo comente este fin de semana, y claro no he podido decirle quien eres, pues solo se tu nick, igualmente te manda un abrazo.
          Un saludo.

  17. San_do_Medio

    «Así que en vez de tanto ruido con la cadena perpetua revisable, ¿no bastaría con modificar los criterios jurisprudenciales de acumulación y punto y final?»

    – la cadena perpetua revisable sólo por su nombre aporta dividendos electorales y políticos y la simples corrección de los criterios jurisprudenciales de acumulación, no.

    Utilizan el Código Penal como arma electoral porque la derecha, con su tremendismo, saca beneficios ( votos).

    -y después los que tienen abogados poco «trabajados» comen todos los marrones. –

  18. Angeles Sanchez

    El post de hoy es teoria, la realidad es otra, en España hay muchisimos presos cumpliendo mas de 30 años de carcel sin haber matado a nadie, precisamente porque esta teoria cada Juez la aplica a su criterio.
    Segun la Ley, el maximo del cumplimiento de la condena no podra exceder del triple de la mayor de las condenas, que no podra exceder de 20 años, pero la realidad es que hay muchas personas cumpliendo varias acumulaciones que todas ellas suman mas de 20 años y a veces mas de 30.

    1. goldti

      @Angeles Sanchez,
      Entonces ¿ crees que no se aplica la ya de por si absurda ley del código penal? por que si ya es ridícula la norma, sería el colmo saltársela, los jueces, me refiero.

      1. Angeles Sanchez

        @goldti, Así es, mire estos ejemplos:
        1- Preso de 1ª : http://www.diarioinformacion.com/alicante/2010/03/10/presunto-capo-kalashov-pago-fianza-300000-euros-horas/987407.html

        2- Preso de 2ª categoria: http://www.publico.es/291079/acuerdan/anos/carcel/acusado/atracar/banco/mano/armada

        Al de 2ª categoria Jose Manuel Espada Prieto, que por cierto lleva en prision desde 1982, cuando llegó a la prisión los carceleros le hicieron el recibimiento que merecen los de categoria inferior

        http://www.123people.es/ext/frm?ti=person%20finder&search_term=espada%20prieto&search_country=ES&st=person%20finder&target_url=http%3A%2F%2Fwww.lahaine.org%2Findex.php%3Fp%3D30303&section=weblink&wrt_id=343

        1. superviviente

          @Angeles Sanchez, En la foto que aparece Kalasov detenido y esposado, no lleva reloj ¿Quien se lo hizo llegar a la cárcel y a cambio de que?

  19. Angeles Sanchez

    Tanto la cadena perpetua revisable como la posibilidad que se aporta de modificar los criterios de acumulacion, solamente perjudica al delicuente comun, el que esta preso toda la vida por delito de robo, etc,
    Dentro de las prisiones como en la vida de la calle hay ciudadanos de 1ª y de 2ª, y claro todas estas reformas siempre afectan a los de 2ª.
    Luego esta el ciudadano y el preso de 1ª que aunque le impongan mas de 20 años de condena, cumple de prision efectiva 3 o 4 años, (si es que los cumple)

    1. f1

      @Angeles Sanchez, Esto es realmente lo lamentable, que en nuestro primer mundo haya ciudadanos de varias categorías. No quiero ni hablar del tercer mundo. Tienes tanta razón, al final siempre la pagan los mismos.

      1. Angeles Sanchez

        @f1, Asi es
        Aqui tiene 2 ejemplos, segun categoria:

        1ª categoria: http://www.diarioinformacion.com/alicante/2010/03/10/presunto-capo-kalashov-pago-fianza-300000-euros-horas/987407.html

        2ª categoria:
        http://www.publico.es/291079/acuerdan/anos/carcel/acusado/atracar/banco/mano/armada

        Al de 2ª categoria, J.M. Espada( que lleva en prision desde 1982) cuando llego a la prision, los carceleros le hicieron el recibimiento que segun ellos merecen los de categoria inferior:
        http://www.123people.es/ext/frm?ti=person%20finder&search_term=espada%20prieto&search_country=ES&st=person%20finder&target_url=http%3A%2F%2Fwww.lahaine.org%2Findex.php%3Fp%3D30303&section=weblink&wrt_id=343

        Algo a lo que jamas se atreverian con los de 1ª categoria!!

        1. joanlop

          @Angeles Sanchez, Estimada Angeles, suscribo casi todo lo que dices. No me creo esa reconversión de delincuentes comunes devenido en presos con largas condenas que son hartamente utilizados por las asociaciones de corte anarquists. De pronto que si el preso libertario tal ha sido torturado por «EL ESTADO» . Normalmente casi todo empieza por pretender un primtivo objetivo, un primer deseo, cuando este se trunca, pongamos por ejemplo una fuga,entonces pedimos una tabla reivindicativa con el dfin de involucrar al patio que, en principio, no estaba invitado a la evasión. Por desgracia, estuve presente en los dos motines del Puerto en 87 y 89. Se intentaron fugar mediante secuestro y fracasaron en los dos. En el primero no abrieron a nadie y fue cosa de ellos, ya sabe Pachi, Maya Martos, Butati,etc(demoraria en exceso aludir ahora a los pormenores), en el segundo si que abrieron a todo el mundo y estuvimos 20 horas sueltos. Después salimos en tromba en 2º grado gente que llevabamos años sin partes pero que seguian teniendonos allí en el Puerto de Las Marías. Si le parece poca experiencia haber tardado 29 años en firmar una definitiva-en condicional en 2003- así que entré con 19 años(sin matar a nadie)y da lo mismo que no mates a nadie porque en la cárcel se cumple la condena como quieren ellos si te niegas a participar,bla,bla
          Seguimos hablando. Nos olvidamos de muchas cosas pero bueno…. La moyoría de los secuestros de funcionarios han sido producto de empastillamientos, y d tener a la misma gente en un celular con 200 años cada uno, qué expectativas les dejaban. Además les interesaba quién sabe porqué pero no lo evitaban. Por cierto al Espada-buen jugador de ajedrez- coincidí con él en el Puerto y me parece que tambien en Ocaña.
          Ala pues un saludo libertario.

        2. joanlop

          @Angeles Sanchez, quise decir al Espada del comentario posterior. Los temas que he tratado en el comentario les falta quizás un poco más de explicación pero me entiendes dado tu discurso.

  20. es_María

    Una magnífica clase didáctica. Gracias. Modificar los criterios obviamente sí, las leyes se tienen que adaptar a las necesidades reales de la sociedad. Todo el lío de vericuetos procesales, leyes contradictorias entre unas y otras sólo logran la confusión, y a dilatar el tiempo en apelaciones. Hay sentencias que crean Jurisprudencia (creo) aunque de alguna manera no estén recogidas como tales en el código (ya sea civil, penal, administrativo) ¿o estoy equivocada? De cualquier manera la Justicia tiene que funcionar, ser diligente y rápida. La sociedad necesita por encima de todo sentirse segura y amparada.

  21. Marien

    Gracias por este articulo, que aunque largo, es sencillo y asequible a los que somos ignorantes en materias concretas, como en este caso la legislación Penal, así como su aplicación.
    Apunta y apertura, otro significativo, camino, de como se aplica sin homogeneidad, respecto al delito la aplicación de la condena, cuando son delitos varios.
    Me surge una pregunta, que quizás, no se soporte en base, salvo en la ignorancia. Pero si es así ,como se aplica y regula nuestra legislación vigente, quiere decir, si no he entendido mal, que por ejemplo un terrorista, tiene la misma pena, cumplida efectiva, si ha matado a tres personas que si ha puesto una bomba y ha matado a 300. Entiendo que nuestra legislación, al menos su interpretación y aplicación favorece al individuo criminal. Referido, al menos, a casos concretos.
    También me queda, aperturada, una vía, inexplicable, en el caso de que los delitos no sean de sangre, sino estos tan en auge de estafa, trafico de influencias, cohecho, apropiación indebida, etc. no siempre debidamente probada, sino interpretada por la convicción de una persona, sin ecuanimidad, y que su firma, envía a ese lugar, parador nacional, al sujeto, por un tiempo, como es el caso de nuestro tutor. Conocido, y parece que debidamente probado, ser un hecho de interés político, en el que estableciéndose una asociación ilegal de individuos, confluyen sus intenciones, siendo su meta, eliminar de la circulación, a ese ser humano, que nada tiene que ver con ser un acto delictivo. Por el contrario, el delito, existe, en el grupo que con intereses de eliminación de la persona, lo ha enviado directamente al encierro en ese parador nacional.
    Todo esto, como introducción, si fuese veraz y real, el hecho planteado, como ejemplo, anteriormente, me hace pensar, la facilidad que quedando establecido o imponiendo la pena de muerte o cadena perpetua, seria la herramienta perfecta, en manos del poder, para el poder.
    ¿Deberíamos ser más cautos a la hora de pedir cadena perpetua o pena de muerte en nuestra legislación?. ¿Deberíamos conocer más, antes de emitir una opinión?. ¿La prudencia en el desconocimiento, ayudaría a ser más justos?.
    En la lectura de las intervenciones de ayer, me asalta el pánico, cuando leo con que facilidad argumentamos, la introducción, en el Codigo Penal, de la condena capital. Mas aun cuando hemos debatido y parece existir cierta unanimidad, en que la justicia y su aplicación, se aleja mucho de la realidad de su existencia, en manos de sus ejecutores.
    ¿Seriamos tan inconscientes que pondriamos tambien este arma letal en sus manos?.

    Saludos.

  22. VictorB

    Cierto, pero no siempre …o con condiciones

    “En consecuencia, el mensaje es el siguiente: una vez cometidos un par de asesinatos (por ejemplo) dado que la condena por ellos alcanzaría previsiblemente los treinta años, el terrorista en cuestión dispone de un período de impunidad que abarca desde ese mismo instante hasta el momento de la sentencia definitiva..”

    Este periodo de “impunidad jurídica” es CIERTO siempre y cuando el primer delito “par de asesinatos” no quedase impune.

    Porque el comentario en cuestión parte de la premisa de que existirá sentencia definitiva para el “primer delito” , (“creador” de este “paraguas de protección”), lo cual no siempre es así.

    Pero si no lograsen imputarle algún castigo por ese primer delito, los que cuentan para la pena (si existiese) van a ser aquellos delitos que supuestamente estaba “protegido” . Con lo cual, aparece la contradicción enunciada anteriormente.

    Y es a partir de este último, donde sí comenzaría el periodo de impunidad.

    En fin…es un artículo muy aleccionador, y como no soy lego en la materia, dejo esta inquietud.

    Reciban saludos cordiales.

  23. rlopez

    Muchas gracias por este artículo, en el que a gente como yo, ignorante en temas del derecho, nos aporta claridad y concisión para poder entender un poco más el círculo de la jurisprudencia. Pero de todo saco en claro que todo es sentido común, sentido común. Algo incomprensible a mi entender es que es cierto: da igual si has de cometer una atrocidad, no importa la dimensión, que se haga la cual más grande, la condena, la misma. Creo Mario que esta luz la deberías aportar, que ya la aportas, porque todo esto es un circo. El valor más preciado que tenemos, no es más que teoría que se va en agua de borrajas y cambiamos terminología, se hacen demagogias, todo para que en las encuestas la imagen de quienes proclaman quede bien retocada, no se encuentre ni una arruga en ella, pero por dentro… todos los cimientos bien quebrados.
    LLevo una semana sin entrar en el blog debido a un parón que indirectamente se puso en mi camino para enseñarme de nuevo, la gran oportunidad que significa la VIDA y por consiguiente todos los términos reales que de ella derivan, donde se marca la CONGRUENCIA, LA JUSTICIA, LIBERTAD…
    Os doy las gracias a todos por todo lo que me aportais y me gustaría dejar un legado.
    AMOR A UNA O A TRESCIENTAS PERSONAS, pero no destruyas ni a una ni a trescientas, porque la destrucción, no es lo mismo.

  24. fld

    Me uno a la felicitación por su saber magistral, sr. Conde.

    Estoy totalmente de acuerdo con lo que usted dice sobre el despropósito de los criterios jurisprudenciales e incluso también de los límites de pena establecidos en el Código Penal.

    Saludos cordiales.-

  25. Merce

    Muchas, pero muchas gracias por el post de ayer y este de hoy que tan bien explican la aplicación de nuestras leyes en temas penales.
    Estoy muy asombrada, antes de leer esto mi opinión solo se podría emitir desde el sentimiento de sentirme víctima o cercana a una víctima. No soy para nada partidaria de la pena de muerte pero si de la cadena perpetua y sobre todo desde la observación de ciertas barbaridades a las que puede llegar al ser humano y el potencial de mal que puede llevar que puede llegar a ejecutar. Ante ese potencial me inclino por el riesgo cero.
    Leyendo como está nuestra legislación, estoy perpleja, parece increíble. Hasta pienso ¿Quién legisló en esta materia, un asesino, un delincuente..? ¿Quién? Parece que defienden al verdugo. Se convierte la ley en un juego para conseguir impunidades… No es una ley de “bien” que proteja las víctimas y potenciales víctimas… todo esto del triplo mayor, conexidad…..
    Es abrir la veda a terroristas, a asesinos, violadores…… esos que asesinan por placer, se les da todo el margen del mundo, el plural no tiene cifra, qué más da matar a tres que a tres cientos… y sin embargo desde el otra cara de la moneda, vidas, una a una, cada vida una historia, que se amontona en una sentencia con otras, pierde significado, valor……..
    Una vez más doy gracias por tratar tan exhaustivamente este tema, por el libro que le has dedicado, porque esto sí que lo tenemos que arreglar entre todos. En todo sobra la demagogia pero en esto si cabe más. Actuemos como seres humanos y legislemos como tales.

    Muchas gracias Mario por el tiempo dedicado a ayudarnos a entender esto un poco mejor.
    Buenos días a tod@s

    1. BORJA

      @Merce, Completamente de acuerdo contigo Merce.

      Muchas veces pienso si la legislación deja siempre una puerta abierta en defensa del que legisló, asegurándose que en el ejercicio de sus funciones no asuma un riesgo no controlado mediante una red que pare la caída, red que finalmente redunda en beneficio del criminal ante el miedo del legislador de convertirse en el futuro en criminal sobre el que se aplique la legislación elaborada.

      ¿Qué justifica el calificativo de aforado?. ¿Qué justifica la protección jurídica que se reserva a la familia Real?. ¿Qué justifica que un político de alto rango sólo pueda ser juzgado por un tribunal compuesto por jueces elegidos por políticos?.

      No la hagas no la temas. Pero parece que el legislador la teme cuando legisla.

  26. Luna

    Creo que lo que explicas en el último párrafo puede tener la lógica de evitar que se cometan asesinatos «gratuitos» (ya que fuera parece que existen) dentro de la prisión después de tener la sentencia firme.

    Si no me he liado.

  27. Xana

    Agradezco mucho el tiempo y el esfuerzo en explicar de forma amena algo tan complicado.
    Cuando una persona sabe de que está hablando se nota mucho por su forma de expresarse y la sencillez para que los demás le entendamos.
    Es un placer leerte, gracias otra vez.
    Siento no aportar nada.

  28. Luna

    Gracias por explicarnos de la forma más clara posible todo este intríngulis.

    Cuando existen situaciones en las que no te explicas los motivos de por qué suceden así pero que por otro lado se ve claramente el por qué, pues te queda el consuelo de poder realizar una crítica constructiva aunque caiga en saco roto, pero cuando la misma situación se contradice y nadie es capaz de explicar el por qué de ese enrevesamiento cuando a simple vista parece sencillo el solucionarlo entonces no te queda otra que seguir liada y con los ojos así o)

    Volvemos al tema de la reinserción. Existen personas que no creen que deban reinsertarse porque no son conscientes de haber cometido delito alguno, entonces es seguro que cuando estén libres volverán, si se tercia, a cometer el mismo delito u otro similar. ¿Cuantos asesinos o violadores son reincidentes? Sobre todo violadores. Es muy difícil saber a ciencia cierta (algunos son extremadamente inteligentes) que el violador que ha cumplido su condena o al que se le concede un permiso y que ha mantenido una conducta modélica dentro del centro no va a volver a violar en el primer permiso, pues habrá que vigilarlo para, como mínimo, evitar que añada otra victima.

    Lo que tampoco es lógico es que una persona que ha asesinado y ha violado delinca en su periodo de libertad supuestamente vigilada y que aun así no se le vuelva a juzgar o se le vuelva a internar. Llegará el momento que esta persona se crea “el amo de la ciudad” y que su impunidad está por encima de cualquier estamento y dignidad ajena.

    Tampoco se entiende que una persona que ha dejado de pagar una multa de 180 euros esté en prisión (y que posiblemente salga de ella peor que cuando entró) y que otros que adornan sus manos con guantes blancos estén de campo y playa.

    No concibo tampoco que a un inmigrante sin papeles se le conceda un permiso especial para poder trabajar mientras está cumpliendo condena y que cuando salga en libertad este permiso desaparezca y vuelva ser un “sin papeles” que seguramente volverá a delinquir para comer.

    No entiendo que una persona que por acumulación de pequeños delitos de robo lleve en la prisión 20 años y que un asesino a los 5 o menos esté fuera.

    Me deja perpleja que una persona por un falso delito de apropiación indebida pase 15 años de su vida entrando y saliendo de prisión, negándosele permisos en fechas claves para cualquier ser humano y que haya asesinos consentidos.

    Y podríamos seguir.

  29. juanarmas

    Casualmente hoy, la última página de un periódico de la isla habla de José Afonso García, un tinerfeño que tiene el triste record de ser el preso español que más tiempo ha permanecido ininterrumpidamente encarcelado tras la Guerra Civil.

    Militante de la CNT (Conferencia Nacional del Trabajo), fue encarcelado por no adherirse al Alzamiento.

    Permaneció en prisión 26 años, 2 meses y 2 días.

    http://www.laopinion.es/sociedad/2010/03/11/triste-record-jose-afonso/275925.html

    —-

    Un día que marcó el terror:

    http://hemeroteca.lavanguardia.es/preview/2004/03/12/pagina-1/33654145/pdf.html

  30. Esencia

    Muchas gracias por esta excelente explicación. Tu experiencia en este sentido es tan valiosa, que no sólo debe quedarse como libro a consultar, opino que debe contribuir a cualquier reforma.

    Un saludo a todos.

  31. Tata

    Apoyo lo dicho por Joaquín y Esencia. Ya es mucho que sea un libro de consulta para el Presidente de la Sala de lo Penal en la Audiencia, pero sería bueno también que llegara a las manos y el intelecto de los que hacen o reforman leyes.

    Gracias por compartir conocimiento.

  32. San_do_Medio

    Me llama la atención dos u tres cosas de esta reforma del código penal a las que no estamos dando importancia porque puede que la máquina mediática nos ponga un bosque delante y no vemos más que hojas:

    1ª- Despenalizar la eutanasia, el cultivo de drogas para autoconsumo, el top manta o las injurias al Rey.

    – esta propuesta parece que es echa por IU y ERC-

    Sinceramente creo que seria una gran conquista despenalizar la eutanasia. Y, como soy curioso, aguardo la posición del PSOE sobre este tema.

    Después observo el baile que se traen con los top manta y que yo sepa, es gente que no causa problemas a no ser que se considere problema que se facilite a buen precio copias de buena calidad, generalmente. Porque tienen que estar penalizados?.. No lo entiendo.
    Pero, me espanta aun más las propuesta de CIU:

    Endurecer la pena para los okupas y cárcel para los top manta por beneficios superiores a 400 euros.

    Bueno… La derecha catalana no se diferencia mucho de la llamada derecha española. Que santa preocupación tienen…

    Lo del PP no es que me parezca que no tiene mucho sentido; es que me parece que están jugando a los votos y con esta propuesta:

    » Agravantes de reincidencia. Ahora se exige cuatro faltas de hurto, se propone que sean tres para considerarla como delito.»

    lo que procuran es voto u que los » camina u revienta de todas las épocas» paguen eternamente los platos rotos de todas las épocas.

    Del PSOE…
    me parece clamoroso que se fije también en los top manta… Como si los males se llamasen:
    Discos de Ramoncin a 5 euros y bolsos de Agatha Ruiz de Prada a 20 euros… ( pero, los puedes llevar por 15 euros y son buenísimos por lo que me dijo una amiga que sólo usa marcas con charme.)

    1. joanlop

      @San_do_Medio, Muy bueno sacar a colación el top manta. Qué pasaría si los que venden cds vendieran en su defecto droga? o entraran a robar por los pisos. Hay que ser justo y proporcionado,pero amigo las cárceles de este país necsitan presos. Ahí tienes al gobierno presto a conceder indultos para los pobres negros que se cruzan Africa para vender cds de los chinos.Acabarán metiendo en la cárcel a los fumadores recuerde bien que le digo ya lo hacen con los conductores. Si la maquina del delito se parase la inventarían de nuevo.

    2. fld

      @San_do_Medio, Hombre, descalificar una propuesta con un solo «es para ganar votos» es de una inconsistencia total.

      Le podrá parecer mal que los agravantes de reincidencia pasen de tres a cuatro faltas, pero será por alguna razón más que por electoralismo. La motivación puede estar ahí, o no. Pero la medida en sí me parece correcta. Aunque lógicamente no me parece lo más nuclear de la propuesta del PP.

      1. San_do_Medio

        @fld,

        Tiene razón, lo más nuclear de las propuestas del PP está en la famosa cadena perpetua revisable, pero, como ya quedó medianamente claro en el texto de Mario Conde y además la parte técnica quedó, también, clara, no veo motivo para volver sobre dicha propuesta.

        Lo que sí digo es que la parte más relevante y interesante en esta revisión del código penal, para mi, es la que habla de despenalizar la eutanasia. Creo que es un tema importante.

        Lo demás, prestando atención, es «penalizar» al que nada tiene u poco tiene y » contentar» la voz alarmista y tremendista de la calle. Resumiendo: trabajarse el voto.

  33. joanlop

    @Mario Conde, Sabía lo de las Jornadas y su intervención creo según me dijeron con Julián Rios,me gustaría saber si se van a publicar dichas jornadas, aunque ya me enteraré por otro lado no obstante.

    Y ahora suscribo todo lo expresado por ud. en el post. Modestamente añadiría que después de la interpretación de la ley está el que te la apliquen o no. Incluso alegando jurisprudencia ante el tribunal supremo con el fin de acumular penas, aquel se ha negado en rotundo. En Madrid hay un abogado experto en refundiciones llamado Paco Febles. El ha conseguido muchas refundiciones en tremendas condenas pues es verdad eso que dice ud. sobre que te pueden hacer cumpli 30 y después otros 30 y así, si las sentencias no establecen la conexidad, el delito continuado, si bien este concepto es otra cosa aunque relacionadas entre si.
    En el caso de De Juana Chaos el que le aplicasen el código penal de manera beneficiosa para él no obedece más que órdenes superiores pues no creo que la independencia judicial llegue a tamaña resolución. Tampoco ha sido el único beneficiado pues en presos comunes también se han aplicado, casos como el Villena Vicario(condenado por el asesinato de dos polcias en Burgos en la fuga de Bueno Latorre,etc),casos como el de Tomasin recientemente asesinado en las puertas de El Dueso, en fín muchísimos casos que después muchísimos años han conseguido hacer valer la ley. Sin embargo, ud. ha podido comprobar cómo se ensañan con el preso que no tiene, digamos protección jurídica, en el sentido de abogados, asociaciones, ayuda exterior en definitiva. Aún así cuesta muchísimos esfuerzos que te apliquen lay máxime si eres crítico con el sistema.
    Por lo demás,no sabe ud. cuanto he podido alegrarme en que se geneen esta clase de debates porque así se va desenmarañando un poco lo que es el funcionamiento de la justicia. De acuerdo con esa perplejidad que, sobre todo, hace su aparición en casos notorios como los del GAL, mafia policial, UCIFA,etc delitos graves con ejecución de penas «olvidada» por los medios.
    Cuando uno denuncia o simplemente relata una experiencia no se basa en la mentira, porque `precisamente se busca una cabal comprensiçón de que no es como nos lo venden desde distintos ámbitos de la sociedad,mayormente interesados en que la realidad siga siendo ingenua en según qué temas. Quién puede estar de acuerdo en que un etarra pague menos que alguien que no ha matado, sin embargo, no hay que engañarse los hay que llevan 20-25 años, y a los condenados con el nuevo código mientras no haya una disolución van a tener cárcel para el resto de sus días. Pero zanjo aquí el tema que eso es otra cosa. Pero cuanta mentira y manipulación hay en lo que se refiere a la ejecución de penas. No es lo mismo caer en una cárcel que en otra para obtener beneficios penitenciarios. Digo bien? beneficios? o son derechos que según el Tribunal Supremo en sentencia que cito de memoria viene a decir: el permiso de salida de un interno es un derecho subjetivo por cuanto que es el único instrumento de reinserción social,etc…aun así en la carcel que es donde verdaderamente deciden si sales o no, se sigue considerando beneficios y eso conlleva la famosa loteria del A ti sí y a ti no..
    Cuanto bien se está haciendo a la sociedad civil con este debate, en que no hay que mentir ni tan siquiera pretender inocencias de gentes que con un tratamiento adecuado, amparado en la ley no hubieran vuelto a delinquir si no se les hubiera mezclado con los demás presos reincidentes. La persopnalidad se hace con el entorno y un crio de 16 años que estra por robar una fábrica en vez de escarmentar el sistema lo conduce a todo lo contrario. Después todavía le tildarán de carne de cañón cuando no ha sido más que un producto de un sistema penitenciario que se erige cual Dios a disponer de la vida de uno. Así de crudo. Cuando uno generaliza siempre tiene en la mente a esas nuevas hornadas tanto de jueces como de funcionarios que no llegan para estudiar una carrera sentado en la garita, sino a cumplir con el mandato. Pues claro que hay funcuionarios buenos cómo iba a ser sino? De hecho hay dos guardias malas y una buena, y ud. sabe de lo hablo. Cuando lo estime oportuno debatimos sobre el funcionamiento de una cárcel o sobre la funcionalidad de los presos. Para terminar le diré que estoy escribiendo aklgo serio, pausado con el fin de que merezca ser leidos por todos los participantes del Foro. Una vez más chapó Sr. Conde y no es lisonja. Vaya por delante testimonio de admiración y solidaridad con lo sufrido porque aunque nos medie una distancia considerable he pensado muchas veces como lo retiraron de la vida pública. Una persona con un patrimonio de 13.000 millones teniendo 37 años no creo que piense en arruinar su futuro y el de los que dependan de él por robar o malversar. No hace falta ser muy listo para darse cuenta de que El Sistema les hizo pupa.

  34. Angel Luis Alonso

    Como bien dices Mario, no todos somos letrados, y aún siendolo, es complejo en su entendimiento.
    ¿Desde cuándo tiene vigencia nuestro codigo penal?
    Voy a comentar algo.
    Si una carretera está bacheada y rota, la manera mas económica de arreglarla es «parchearla» en las roturas y baches. Y ésto no soluciona a largo plazo, solo parchea y sigue siendo una carretera desastre.
    Ahora bien, si se levanta la carretera entera, y se vuelve a asfaltar con técnicas modernas y asfalto nuevo de calidad, la reparación será duradera y fiable.
    ¿No sería el momento de plantearse un nuevo Codigo Penal en su totalidad, actualizado a los nuevos crímenes y nuevos delitos, con nuevas penas, ajustadas a las demandas de la sociedad, y a la realidad de hoy y la futura?
    Hace años que me vengo planteando esta pregunta, que viene al hilo de tu magnifico artículo Mario.
    Una reforma total del poder judicial, desde los cimientos.

  35. mjm

    Saberse las cosas es estudiarlas . Entenderlas requiere ir más allá . Pero solo algunos tienen el privilegio de saber transmitirlas, porque conjugan conocimientos, inteligencia y corazón. Gracias Sr. Conde! Y ahora que resulta que me voy a aficionar a esto de las cosas del derecho…

  36. Sananda

    ¡Hola a todos!
    He sido capáz de leer este artículo hasta el final, y aunque en su trayecto me he sentido levemente mareada…….. creo que he asimilado su contenido en gran parte, y me ha gustado mucho esta clase resumida y expuesta con sencillez, algo importante esto para su comprensión, por parte de ignorantes como yo, en jurisprudencia.
    Gracias sr. Conde por la enseñanza.
    Lo que más me llama la atención, es que al final de lo expuesto, en resumidas cuentas, el sr. Conde considera más facil, para simplificar, ir directamente a la modificación de criterios jurisprudenciales de acumulación.
    Hoy en dia por la impresión personal, y todos los comentarios y quejas que se escuchan en los últimnos años a nivel general, sobre el proceder de la justicia, creo que muy seguramente los «expertos» y relacionados con este mundo, deberian prestarle una seria atención para modificar y en algunos aspectos «sanear», partes constructivas de las que se vale actualmente la justicia.
    Sin embargo en este ejemplo, en el que el sr. Conde ha expuesto finalmente en su artículo:
    el asesinato de un preso en el interior de una carcel, por otro, durante el cumplimiento de condena de ambos…..
    Y por este asesinato, al autor se le volverá a condenar……….
    Me parece que he entendido, que el sr. Conde no comparte esa lógica, ya que se trata de un solo asesinato, y el hecho de sentencia, haciendo una comparación con 32 víctimas mortales de diferencia, metidas todas ellas en el mismo paquete.

    Para mí lógica, ya que me supongo que elaborar leyes para juzgar a la «justa medida», no es tan facil en algunos casos, y este ej. es un buen ej. real de ello; No creo posible, que las leyes se puedan aplicar en muchos casos como ecuaciones exactas de matemáticas para cumplir condena.
    Ni ello sea una prueba de lo correcto o incorrecto, por parte de la justicia, demostrando con ello, que están haciendo cumplir la condena que el culpable exactamente se merece………
    Por 35 víctimas, se ha pronunciado una sentencia.
    A partir de ahí, no sería justo darle el derecho al acusado, de que, en vista de que ya ha sido procesado, éste se pueda permitir un nuevo asesinato sin que le repercuta.
    No creo que sea UNO en comparación de TREINTA Y DOS, la cuenta que hay que llevar,
    sino que el autor, una vez en contacto con el prójimo, a vuelto a asesinar.
    Esto es lo que también hay que tener en cuenta, para mi apreciación.
    Sino, muchos de los que cumplen condena en la carcel, se verian bajo el amparo de la justicia, en la ventaja de «asesinar», cuando la ocasión «lo reclame».
    Y esto sería una forma de impedirlo.
    Y la justicia también tiene el deber de velar, por las posibles víctimas dentro de la carcel.

    ¿Se podría pensar en algo ofensivo, el hecho de que 32 víctimas tengan que repartirse a partes iguales la condena del autor del cese de sus vidas, y esto sale a poco como recompensa del ajusticionamiento?

    Esto de todas formas, como he escrito anteriormente, no se arregla con matemáticas.
    El asesino tiene un problema, por su conducta,
    que la sociedad le obligará a «pagar» de la forma que la época tenga «formalmente» establecida, y el grupo representativo de la sociedad, al que se le llama justicia, tiene la tarea de encargarse de «solucionar» los asuntos.
    Pero las víctimas, los que salieron de este mundo, por tales derroteros, ya no podrán ser nunca recompensadas, al menos en este capítulo en concreto.
    Hay muchos aspectos o situaciones, en que los humanos podrán pretender, o realmente se molesten en ser justos, buscando fórmulas para hacerlas leyes, y ejercer justicia «justa».
    Pero todavía somos lo que somos, y a veces falta la sabiduria para dar con esas fórmulas.
    No és nada malo, ni triste. Ni injusto………
    Es lo que se está en dondiciones de conseguir, por nuestro estado evolutivo, en el sentido más llano de la expresión……….

  37. Naciendo

    Gracias.
    Me pregunto: realmente hay en las cárceles Españolas condenados que llevan 30 años en prisión?.
    Quiere esto decir, que un funcionario, recién entrado a trabajar, puede pasar su vida laboral junto a un preso….. toda su vida……
    No se porqué me ha dado por pensar esto. Significa, que pasamos más tiempo en el trabajo que en casa, que llevan a ser parte de la familia…….

  38. Auxi

    Gracias Mario por clase magistral y tan clara del sistema judicial, es una lastima ver como la vida de una persona no vale nada y la impunidad al tan barbarie acontecimiento de la conexidad.
    La verdad que hay que cambiar el sistema penitenciario y luego se mete un ladrón en tu casa viola a tu mujer y maltrata a todos brutalmente y si lo matas, tu condena es la misma, que el que mata con premeditación y varias personas,.

    Cuando la vida de una persona es arrebata
    y la justicia no condena lo debido
    la justicia deja de ser justicia
    y la venganza la solución
    el derecho a la vida hemos perdido.
    MARIAUXI

  39. DOÑAJIMENA

    Dos cosas:
    1.- El art. absolutamente genial!!!!
    2.- Pensar en la cadena perpetua, revisable, para determinados supuestos, no es ninguna tonteria.

    1. Tata

      @DOÑAJIMENA, Si, creo que lo humano sea proponer cadena perpetua revisable. Según el PP también para delitos terroristas (uff que sudor frío), pero al mismo tiempo me da temor que sea un artificio que dé ventajas a unos sobre otros a gusto de la Comisión que se cree al respecto, si prospera.

      Pero sin pensar en nada más, si, creo que se puede estudiar seriamente.

    2. joanlop

      @DOÑAJIMENA, Si nos detenemos en algunos argumentos del debate,vemos que esxiste un godigo penal en España que contempla penas más duras que la PPR(prisión permanente revisable). Si lee ud. detenidamente el post de Mario Conde verá que hay artículos del código más duro que lo que se pretende estrategicamente como captación de votos. Ya salieron otrora diciendo,el Sr. Trillo concretamente, que iban a salir 13.000 presos con la reforma a la calle. Después se comprobó que era una falacia más de las que se nutre el sistema penal y penitenciario.En España el tope es de 20-25-y hasta 40 años de prisión según las penas a cumplir. Nada más. Muchas gracias en la parte que le toca de un Foro «guapo» de gente de toda índole, como tiene que ser.

  40. Naïf

    “-Así que en vez de tanto ruido con la cadena perpetua revisable, ¿no bastaría con modificar los criterios jurisprudenciales de acumulación y punto y final?”
    Si 2 + 2 serian 4 .
    Pero lo sencillo sería evidente , claro , comprensible y elemental. La verdad no estaría envuelta en esa áurea del conocimiento especializado y manipulable según los presuntos intereses de….. cada cual.
    En otras palabras , los ciudadanos de a pie entenderíamos muchísimas cosas, que según parece no interesa que se sepan, o que se sepa lo que interesa.
    Gracias D. Mario por la sencillez de su post .
    Sed felices

  41. alf-iris

    Me deja usted perplejo…
    Entonces, lo que tenían que hacer los Juzgados sería, por ejemplo, extender los certificados de defunción de los asesinados con fecha posterior a la condena en firme del delincuente, y, adaptar esas fechas a los diferentes juicios.
    Sé que es una tontería pero es que todavía no doy crédito a esa «conexidad», claro, ahora he comprendido perfectamente lo de De Juana.
    Muchas gracias por el interesante artículo.

  42. San_do_Medio

    Pero, me acabo de dar cuenta de una cosa también importante en este proceso…

    Pretenden cambiar la Ley de enjuiciamiento criminal y el cambio deseado lleva, parece ser, la investigación a manos del Fiscal quedando el Juez como garantía del procesado u investigado u como se llame…

    Quedé perplejo y no pienso nada, pero, mal por mal, prefiero que la investigación la lleve el Juez.

  43. Angeles Sanchez

    ¿Para que se debate si o no a la cadena perpetua? Si en España ya se encarga de aplicarla de manera encubierta la administracion penitenciaria y la Justicia?

    http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=694518&idseccio_PK=1008&h

    Reconocen que Amadeu Caselles ha pagado 8 años de más, y se quedan tan tranquilos, saben ustedes lo que supone estar en la carcel 8 años de más?
    Amadeu, ha tenido que pasar mucho tiempo en huelga de hambre y poner en peligro su vida, para que estos señores, se miren sus papeles, se den cuenta del error y le den la libertad.

    No tengo palabras………….. es de verguenza!!

    1. joanlop

      @Angeles Sanchez, A mi un funcionario me «chuleó» cuatro años, además los 4 primeros con dos de Ocaña en 1º grado, y es que si tienes una causa en preventivo y una sentencia firme te hacen cumplir aunque estés en preventivo. La gente no suele firmar los licenciamientos-que así se llama-y luego tras mucho recurso, años transcurridos, consiguen algunos que se lo apliquen al total de lo abonado. Otros como yo no lo consiguen por el empecinamiento del carcelero(esta actitud es propia del retrógado)Este mismo guardia Angel Herbella prologó el tiempo de jubilarse y con 75 años seguí de criminologo. Este señor resulta que una redención extraordianria concedida por el J.V.P. de Sevilla, me la quiso quitarpor estar quebrantado y sin redención. Era u auto firme y la redención fue por mantener el orden(diagmoslo así) cuando la huelga salvaje de funcionarios con ocasión del asesinato de un educador de Martutene(San Sebastián).
      Los funcionarios se negaron a entrar a la prisión y los presos demostramos que sabiamos autogestioarnos. Como les supo de mal a ciertos funcionarios. Sin embargo, el subdirecor de seguridad, un tal De La Madrid, nos lo agraddeció por carta individual proponiendo la mencionada redención. Así tenemos que un funcionario intenta revocar un auto judicial además fuera de fecha. Por eso el sistema penal y penitenciario estoy de acuerdo contigo es cobarde. Ante el poderoso se inca de rodillas, ante el pobre de toda la vida se ensaña. Si el pobre, además de no sucumbir, consegue salir la insolencia alcanza cotas inimaginables. Hay formas de joderlos también: no caer en la metadona y cumplir lo más dignamente posible ayudando con escritos a la gente, tratando de que no se maten entre ellos, en definitiva,siendo un poco mejor de lo que nos ienen acostumbrados. Gracias de nuevo.

    1. Luna

      @Angeles Sanchez,

      La verdad es que es un caso de difícil entendimiento y más difícil asimilación. No acabo de entender que si tiene una vida de apoyo fuera del centro siga internado después de tantísimos años.

      Supongo que entiendes que a los que te leemos se nos escapan datos pero si todo es como tú lo explicas, y yo no tengo por qué dudarlo, es un caso tremendo y muy injusto.

      Creo que lo mejor cuando entras a formar parte de algo que tú no controlas lo mejor es pasar lo más desapercibido posible cumpliendo las normas que te dictan y dejar la lucha para mejor momento, aunque esto en este caso llega tarde.

      Deseo que todo se solucione de la mejor manera posible para todos.

      Seguro que Antonio está muy orgulloso de su mujer e hijos, realmente aquí hay una bonita y verdadera historia de amor.

      Mucha suerte Ángeles.

      1. joanlop

        @Luna, El sitema penitencioario es vengativo. Este sistema tiene nombre y apellidos. Mientes a los familiares si es necesario. Y el epiteto de justificar todos los medios coercitivos o tenerte cumpliendo a mil kms. de tu casa lo hacen así de escueto: por razones regimentales. Echale hilo a la cometa.Gracias

        1. Luna

          @joanlop, es una pena joanlop porque la venganza daña tanto el vengador como al vengado y puede llegar a convertirse en el cuento de nunca acabar añadiendo sufrimiento extremo a su paso.
          A veces la victoria está en saber elegir de forma exahustiva el momento de la reivindicación, no podemos olvidar que una lucha en el momento o lugar equivocado nos llevará a la más penosa derrota.

          Es un tema tan difícil.

          Saludos cordiales.

    2. es_María

      @Angeles Sanchez,

      Estimada Ángeles,tal vez después de tanto tiempo encarcelado y por temas de atraco se podría tramitar el indulto que conceden en Semana Santa. Es únicamente una sugerencia.
      En cualquier caso, mucho ánimo Ángeles.

      1. joanlop

        @es_María, El indulto de semana santa no es para presos de esta caracteristica. La figura del indulto por semana santa es para un padre de familia, quizás gitano y evangelista, hay que trabajarlo mucho y casi siempre se lo dan «al preferido» de lña prisión. Gracias.

  44. Inmaculada

    Gracias Mario,
    Llego al artículo un poco tarde, pero te he leído de principio a fin, según leía se me planteaban interrogantes a los que tú sabiamente has respondido, se me volvían a plantear más… y me quedo aún con ganas de seguir leyendo.
    Tienes razón, quizás no haga falta la tan traída y llevada cadena perpetua sino una revisión de esos criterios de acumulación.
    Ni que decir tiene, que apoyo la idea de Charo de ese centro de estudios, sería fantástico.
    De nuevo, gracias Mario.

  45. joanlop

    Podemos ver que el post lleva dias publcado y los comentarios no paran de afluir. Estoy contento porque se van desenmarañando algunas cuestiones relativas al cumplimiento de las penas, y, se llega a comprender, cómo es posible que un preso condenado a 25 asesinatos pueda obtener la libertad. Sin duda, en este caso concreto del etarra confeso, han habido motivos extraordianarios, pues hay muchísimos etarras condenados por más de una muerte, y no se han beneficiado de esta elucubración numérica. Quizás por la doctrina Parot, pero una ley que perjudica al reo no se podría aplicar con caracter retroactivo. El derecho cuando beneficia al reo se hace con caracter retroactivo.Sin embargo, cuando te puede perjudicar no pueden aplcarte una ley que ha salido posteriormene a tu sentencia.La cuestión es que estas cosas son las que hacen pensar a la inmensa mayoría en que el preso tiee más garantías que la víctima. Pero no es verdad. En un comentario que he hecho a Socrates, la respuesta ha sido la imaginada. Que un pobre se levanta a las seis dela mañana, va a trabajar,etc y noacaba robando como el Vaquila y El Torete y pone esos dos ejemplos. Sabia de la respuesta porque cuando no se pueden argumentar razones, sentido común, se suele devolver la pelota y acusar de demagogo el discurso de que, la sociedad predispone al individuo y le conmina a delinquir. Esto que se ha denunciado desde hace más de cien años se califica de demagogia. Las carceles están para albergar al delincuente. Para resguardar a la sociedad legal de la ilegal. Una de las pruebas es meter en la carcel al mantero. Es de lo ultimo. Mientras los jueces les condenan por hallarse ante una ley que así lo manda, ley hecha en el parlamento, el Gobierno los indulta por otro lado,aunque sea timidamente. Pero qué es mejor Sr. bebedor de la cicuta, venderle a ud. dos peliculas por 5 euros o ponerle un cuchillo en el cuello para que me de la cartera. Si esto ultimo lo hicieran los manteros que ya vemos como pululan a cientos, imaginemos. Hay cárceles que solo se sustentan de magrebies, como la de Topas en Salamanca. A saber el tipo de liquidación de condena que les hacen a aquellos que no tienen defensa alguna. La manera subrepticia de retener al preso aun a pesar de tener las tres cuartas partes de la pena extinguidas, al no tener arraigo familiar no se les concede el tercer grado necesario legalmente para acceder a la libertad condicional. Cómo es posible que superemos a todos los paises de Europa en población reclusa, siendo que la criminalidad ha descendido aun en tiempo de crisis. De quién es la demagogia Sr. Socrates. Por lo demás, entre batiburrillo va, y entre batiburrillo viene, algo estamos haciendo de positivo para que la soiuedad, se entere qué se hace con su dinero. Pero esto sí que es demagogo porque la sociedad no querrá saber nunca nada de lo que pasa en las cárceles porque al Estado le interesa mantener todo este entramado. Y por supuesto no descubro nada nuevo en todo lo que he dicho.Muchas gracias. Llamo a este Foro de Debates parte elitista de la sociedad con susceptibles recursos para que la realidad se extienda y no esa pantomima a la que nos tienen acostumbrados los políticos y los medios. Gracias.

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