La custodia compartida; un paso adelante contra “el síndrome de alineación parental”

Sofía Martín

Para situarnos en este tema conviene hacer una reflexión previa en torno al número de divorcios que se producen en nuestro país cada año, lo cual se ha visto incrementado por la situación actual de crisis que vivimos y padecemos, y que incide de manera especial en las relaciones de pareja. El factor económico es determinante y el detonante casi siempre de procesos contenciosos de divorcio, y, donde aquel viejo dicho de “contigo pan y cebolla”, ha pasado a otra dimensión, desde luego ajena a la actual.

Hago esta consideración previa porque además de lo que dicen las estadísticas, la que suscribe, de una manera activa, tiene contacto con esta realidad, y no solo la de aquellos que cuentan “con posibles” para poder elegir su propia defensa jurídica, lo cual hoy por hoy es un privilegio, sino la de aquella otra realidad social que acude a solicitar asistencia jurídica gratuita por una evidente falta de recursos.

Ambos posicionamientos son coincidentes en este incremento cuantitativo de los procesos de divorcio, pero este último caso (el de la de precariedad), aún más, ya que los que atraviesan una situación familiar con necesidades y carencias, y donde solo uno de los miembros de la unidad familiar trabaja -eso en el mejor de los casos-, hace que se genere un clima avocado a la crisis del entorno familiar.

Esta realidad tan lamentable la constato desde un Servicio de Orientación Jurídica, donde acuden todos aquellos que necesitan apoyo, información y defensa para el inicio de un procedimiento legal respecto a esta materia, para la ruptura de su pareja, y la regulación futura de lo que será su nueva vida, los aspectos relativos a sus hijos y las cuestiones económicas derivadas de ello.

Uno de estos aspectos controvertidos en un proceso de separación/divorcio (la diferencia radica en la disolución del vínculo) lo plantea precisamente el régimen de guarda y custodia de los hijos. Hoy en día y aunque pueda resultar paradójico, dependiendo de dónde sea tu lugar de residencia habitual va a depender la legislación aplicable en este sentido y ello porque las Comunidades Autónomas con derecho civil propio, como en este caso Cataluña y Aragón, pueden aplicar el régimen de custodia compartida de los hijos (sin la limitación que luego diré para el resto). Hay proyectos en marcha para otras Comunidades, pero hasta que se aprueben de manera definitiva, el régimen imperante es el de la custodia a uno de los progenitores en caso de discrepancia.

Nuestro Código Civil contempla la custodia compartida de manera excepcional, es decir, es preciso el informe favorable del Ministerio Fiscal (art.92.8), lo que resulta complejo y que esta siendo objeto de cierta polémica en la más alta instancia judicial.

El pasado mes de julio, a través del Pleno del Senado se aprobó una propuesta para la inclusión de este régimen de custodia compartida como imperante en los procesos de divorcio, y está siendo analizado a través de una Comisión creada para este asunto.

¿Qué significa la custodia compartida? ¿Qué diferencia existe entre la custodia compartida y la custodia a uno de los progenitores? ¿Qué conlleva la adopción de este régimen?

La custodia compartida de los hijos en un régimen de separación o divorcio significa que las decisiones relativas a los hijos van a ser tomadas conjuntamente por ambos progenitores, quiere ello decir que se instaura el término “igualdad”, el cual debe estar presente en esa toma de decisiones respecto a los hijos, en la adopción de responsabilidades, sin que uno de ellos pueda, de manera unilateral, adoptarlas sin contar con el consentimiento del otro progenitor.

La diferencia principal de la custodia compartida respecto al otro régimen de atribución de la custodia a uno de los progenitores reside, precisamente, en esa manera equitativa en la toma de responsabilidades y deberes, ya que en el caso de asignarse a uno de ellos (progenitor custodio), éste, de manera eminentemente mayoritaria, resuelve sobre todas estas cuestiones al convivir más tiempo y asumir más decisiones en la vida del hijo, teniendo  el otro progenitor un régimen de visitas fijado mediante la Resolución Judicial. De aplicarse este régimen de custodia compartida de los hijos, desaparecería el régimen de visitas del progenitor no custodio. Este régimen conlleva fundamentalmente a una situación de igualdad entre ambos progenitores respecto a la toma de decisiones sobre los hijos.

Ahora bien, la pregunta que formulo respecto a ello, es si ¿este sistema de igualdad en la custodia compartida favorecerá la desaparición del Síndrome de Alineación Parental (SAP)?

Este Síndrome de Alineación Parental (en adelante SAP), es un desorden que estudió intensamente el psiquiatra Richard A. Gardner, asociándolo a la situación traumática de un proceso de divorcio, consistente en la inducción e influencia por el progenitor custodio en la conciencia de los hijos, respecto al otro progenitor, condicionando su voluntad y obstaculizando las relaciones afectivas con éste. Los sentimientos negativos de rechazo, odio y desprecio infundidos en el hijo contra el progenitor no custodio le generan serias consecuencias de índole psicológico, causándole un grave daño en su bienestar emocional, lo cual se manifiesta mediante secuelas a largo plazo por este tipo de maltrato, según el autor.

Lo cierto es que llamándose SAP o  Síndrome Jurídico Familiar, causa efectos que van desde la ansiedad generalizada hasta trastornos de personalidad, conducta y alimentación, entre otros.

Estos estudios no han recibido el reconocimiento y respaldo por parte de la Organización Mundial de la Salud y, en nuestro país, tampoco goza del reconcomiendo medico, judicial y administrativo, alegándose todo lo contrario a lo defendido por el psiquiatra mencionado, si bien los hijos sufren las causas de un proceso de divorcio, ello no constituye en modo alguno una patología determinante como para causar el rechazo a uno de los progenitores hasta el límite de alinearle de toda relación afectiva con este.

En un procedimiento de divorcio, la estabilidad emocional del menor es un factor primordial, de ello va a depender su evolución y desarrollo, y siendo de por sí un hecho traumático, no debería verse agravado con otros factores como éste, y que aun no gozando del reconocimiento médico mencionado, es una realidad palmaria.

Mi opinión al respecto es que este denominado “ SAP” no es una conducta únicamente aplicable al caso de la custodia a uno de los progenitores (me refiero al conjunto de síntomas, no a la denominación de la patología, pues soy profana en este tipo de estudios médicos), también podría darse en el caso de la custodia compartida, pero creo que de una manera menos reincidente y agravada, todo dependerá siempre de la actitud de los mayores, el respeto y la prevalencia que se haga de los intereses del menor, por encima de las discrepancias entre ambos.

En definitiva, podríamos considerar que de implantarse este régimen de custodia compartida, se contribuiría a eliminar barreras y dificultades de esta naturaleza  en beneficio de los intereses del  menor, que son la prioridad sin ningún género de duda, frente a los conflictos de sus progenitores.

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12 pensamiento sobre “La custodia compartida; un paso adelante contra “el síndrome de alineación parental”

  1. Isabel

    Gracias Sofía por tu artículo. Me gustaría tener más tiempo para dedicarle.
    Lejos de ser ninguna experta en el tema, pero si con la experiencia de un divorcio contencioso en mis espaldas costeado por abogado de oficio y después de haber vivido de cerca los divorcios de otros compañeros a lo largo de la vida, me atrevo a decir, que solo puedo tener claro hoy, que la garantía en el bienestar de nuestros hijos una vez separados los conyugues reside en nuestro comportamiento, en el ejemplo, en definitiva… en nuestra conducta.
    He visto y comprobado que da igual si es custodia compartida o con convenio y regímenes de visita, el que se quiere cargar el acuerdo, lo hace, y el que a pesar de todo solo quiere lo mejor para sus hijos no solamente lo dice, sino que lo demuestra cada día.
    Una vez más, creo que es de nuestra conducta de la que depende que nuestros hijos sean felices, ya sea con padres juntos o separados. No creo que los padres que no han sido buenos referentes estando juntos lo sean mejor separados, va en la actitud y si no se tiene antes ¿de dónde la sacan después? Supongo que de un aprendizaje, pero ¿se está dispuesto a reconocer para comenzar un cambio? Lamentablemente he visto muchas veces que no…
    También quería preguntar y quizás ya saliéndome del tema, sino creéis que es mejor para los hijos la separación de sus progenitores, que vivir día a día un infierno de convivencia…¿no les puede dejar eso peores consecuencias?
    De nuevo gracias Sofía 🙂

    1. Angeles

      Isabel, estoy de acuerdo contigo: por mucho que las leyes intenten regular un tema tan delicado como es la separación de unos padres, donde hay unos niños por medio, mientras que los adultos no pongan lo mejor de su parte, en aras a un mejor entendimiento y comunicación por el bien de sus hijos, ni custodia compartida, ni custodia sin compartir, ni cualquier otra fórmula. La buena voluntad de ambos es lo que hace más armoniosa la separación, igual que tambien hace más armoniosa la convivencia.

      En cuanto a tu última pregunta, considero que es mejor una buena separación que un «infierno de convivencia». Una separación es semejante a una operación de cáncer: te extirpan un órgano, que siempre es doloroso, para que no extienda el cáncer por el resto del sistema humano. Una separación siempre es dolorosa, pero mejor que vivir en un infierno, mejor que se extienda el cáncer de la violencia por todos los miembros de la familia.

      Personalmente no estoy a favor del divorcio, pienso que se pueden aplicar y realizar conductas tendentes a evitarlo, ej. una terapia de pareja antes de que la pareja este rota, revitalizar la pareja periódicamente, etc.. Yo tambien estoy separada de común acuerdo, y veo que podría haberlo evitado si hubiera cuidado más mi pareja, y haber dedicado menos tiempo al trabajo. Un saludo,

  2. felix de valois

    Si no fuese por la cuestión de los hijos creo que aquella acepción popular de «mas vale un mal acuerdo que un buen pleito» sería lo mas razonable. Desgraciadamente es muy común que las disputas con hijos por medio arrastra un sinfin de crueldades que lo envuelve todo haciendo casi imposible que alguien salga indenne. Lo peor son los hijos.
    A la pregunta de Isabel mi creencia es que sí. Los daños pueden ser mucho mayores y dejar huellas imborrables y graves perjuicios futuros. Ademas,hay situaciones,como la propia dignidad,que no se pueden soslayar.
    Mejor sola que mal acompañada.
    Saludos cordiales.

  3. Angeles

    Gracias Sofía por tu artículo. Pero mi opinión al respecto es divergente, si bien estoy de acuerdo en principio con tu frase:

    «Este régimen conlleva fundamentalmente a una situación de igualdad entre ambos progenitores respecto a la toma de decisiones sobre los hijos».

    En tu frase se desprende la palabra igualdad, es decir, cuando ha habido una separación de mutuo acuerdo, porque cuando están haciendose la guerra, una custodia compartida tendría muy dificil pronóstico, dado que no hay colaboración entre los progenitores, ni siquiera para hablar de sus hijos, no se ven, no se pueden ni ver: ¿Como van a ser socios con buen talante en una custodia compartida?.

    Totalmente de acuerdo la custodía compartida en estos casos:

    1.- Niños mayores de 8 años, en los que ellos decidan.

    2.- Cuando los padres se separan de mutuo acuerdo, y sin pleitos de por medio, es decir, que su relación es cordial, si bien su falta de afecto les ha hecho tomar la decisión de la separación, son conscientes que tienen una «empresa» de por vida: sus hijos, y por ellos deben aparcar sus diferencias (de carácter, económicas, etc.) y llevarse bien , al menos cuando estén delante de ellos.

    En cuanto al Síndrome de Alienación Parental, no estoy de acuerdo. No es así. Los niños son esponjas, y han visto con sus ojos y sentido en su alma, la relación que llevaban y llevan sus padres, conocen perfectamente quien es la víctima (algunos son víctimas a nivel económico, otros a nivel psíquico y otras a nivel físico de maltrato), y muchos padres, al menos los de Custodia Compartida Ya en mi Comunidad, están denunciados por maltrato y lo único que desean es dejar de pasar la pensión a sus hijos. Tenerlos ellos, para que los cuiden sus padres, es decir, los abuelos de los niños.

    Los niños no son tontos, y esto lo saben. Cuando hay una buena relación, independientemente de con quien vivan, los niños toman partido. Por ej. hay muchas madres que tienen la custodia compartida, y admiran a su padre. Ella lleva la carga de todo, y les exige, y esto no lo quieren los niños, así que cuando son adolescentes toman la decisión de irse con su padre, bien porque les exige menos, bien porque le siguen admirando.

    Hay casos de todo tipo y no se puede establecer una regla única en las ciencias sociales, entre otras cosas porque son ciencias sociales, humanas, y no son ciencias exactas, donde 1 + 1 es 2. Aqui depende de tantos factores: carácter del niño (hiperactividad, hipersensibilidad, dominancia, sumisión), del padre (evasivo, permisivo, dominante, maltratador, sumiso, desempleado, etc.) y de la madre (dominante, sumisa, ausencia de dirección en el hogar, faltas de respeto por parte de los hijos)… en fin, hay infinidad de variables humanas, psicológicas, físicas, económicas, sociales, que cada caso se debe de ver en sí mismo.

    Por ello:

    1.- Antes de los 8 años la custodia (lo he dicho delante de los tribunales, y alguna abogada se asombraba), debe estar con la madre (siempre que estemos hablando de dos padres adecuados, por supuesto que si la madre padece alguna adicción o trastorno, aparte del propio del divorcio, se vería si el padre es tambien adecuado, porque puede ser que no lo sea ninguno, que tambien ocurre, en cuyo caso tendrían que iniciar una rehabilitación, entrenamiento o terapia para ser padres (de hecho todos los padres tendrian que hacerla, y habría menos separaciones, pues un punto muy dificil en la pareja es la llegada de los hijos, lo cual unido al trabajo o a la pérdida del mismo, hace que aumenten los niveles de angustia y desesperación).

    2.- Cuando el niño tiene 8 años debe ser preguntado. La mayoría de los niños cuando les preguntan a quien quieres más, o con quien quieres estar, te dicen: «Con los dos». En ese caso el psicólogo debe examinar al padre y a la madre. Al niño suelo pasarle un test proyectivo (simplemente un dibujo de la casa de su madre y de la de su padre), y allí el niño proyecta todo, ya no se necesita preguntarle, otro niño lo comprendería.
    Recuerdo una niña que dibujó en el ambiente de su padre: aparte de lineas quebradas, un cementerio con un perro muerto… Hay muchos sentimientos que llevamos en nuestro interior y suelen salir, con un dibujo proyectivo, sobre todo en los niños.

    En resumen: No estoy de acuerdo en absoluto con la custodia compartida por las siguientes razones:

    1.- Muchos padres lo hacen para evitarse la pensión, sin tener en cuenta que criar a un hijo es mucho más caro que la pensión que se otorga, con lo que dejan a los niños aparcados con los abuelos.

    2.- El padre custodio debe estar solo y ocuparse de sus hijos, sin meter en su casa a otra mujer u hombre. Esto los padres no lo tienen en cuenta, y hace mucho daño a los niños, que tenían un padre y madre que dormian juntos, y a la semana, está su padre durmiendo en la cama con otra persona. Si nosotros lo vemos bien, tendríamos que velar por la salud psicológica de nuestros hijos y pensar que eso les hace mucho daño. He visto casos de niños que han enmudecido , literalmente, a raiz de una separación, y decirme algun niño que sienten como una espada que se les clava en el corazón cuando su padre está durmiendo con «esa señora que me cae fatal, porque se ha metido en mi familia, y mi madre no para de llorar, se lo noto en sus ojos, y no puedo con eso».

    Una separación para un niño , sobre todo adolescente (los menores de 5 años y los adultos lo llevan mejor, pero a partir de los 10 años, lo llevan peor, pues están más sensibilizados por la pubertad y la adolescencia propia de la edad).

    La psicología , vuelvo a repetir, si se enseñara en los Colegios, a partir de los 3 años con una simple relajación, y a partir de ahí, nos enseñara a relacionarnos, amarnos, salir con alguien (las fases de la pareja: atracción, incertidumbre, exclusividad, intimidad y compromiso), como educar a los hijos (cariño y normas), qué hacer si desobedecen, negociar, etc. etc.

    Falta mucha formación y así nos va…

    La custodia compartida por decreto, No, bien estudiada, investigada y para aquellos padres que se llevan bien despues de la separación. Ni imaginarme quiero una custodia compartida con dos padres que se agreden y siguen en pie de guerra: ¿Y sus hijos?, irian como una pelota de pin pong, hoy te toca a tí, mañana a mí, porque cuando se realiza la separación, todos los padres y madres quieren mucho a sus hijos, pero cuando llevan un tiempo, «mejor que se vayan con el otro que yo quiero rehacer mi vida».

    Un saludo Sofía, y gracias por sacar un tema tan interesante y que no está bien llevado, como casi todos en esta época, porque no se ha estudiado e investigado lo suficiente. Se tiene que preguntar a los psicólogos, que están tratando diariamente muchas secuelas de las separaciones en el miembro de la pareja dejado, y en los niños que sienten en sí mismos el sufrimiento de su madre o padre dejado porque otro señor o señora se ha metido en mi familia…. todo esto lo dicen llorando… Mientras los padres luchando como dos gallos por tener una pensión de más o de menos.

  4. Osnofla

    Muchas gracias Sofía. Por ejemplo otro caso de SAP es el de los apellidos. Deberían ponerse los dos unidos en el orden que quiera el interfecto a partir de su mayoría de edad, y desde el principio siempre el de la madre primero, pues ese simple hecho de haber parido es más que suficiente. Por ejemplo: María de las Columnas, es decir, María Pilar Sánchez e Incierto, el primero de la madre, el segundo del padre y ambos en uno.

    En cuanto al artículo, le felicito. Es Usted una abogada, Licenciada en Derecho, o Doctora en Derecho, interesante por lo que entresaco de los artículos que escribe y expone. Me gusta este tipo de personas que intentan arreglar las incorrecciones y no las que dedican su tiempo a pisotear a los otros argumentando lo que dicen las Leyes es de recibo. Siempre para el que ostenta el poder o sus amigos, claro.

    Yo he sufrido el SAP, y le aseguro que es muy doloroso y triste, por todo lo que supone y conlleva. Y además las mentiras que se deben utilizar para que surjan efecto, estos procedimientos, son tremendas. Y siempre están unidos a condicionantes económicos no reales, falsos o simplemente inventados. Pero en el ejercicio de estos acuerdos, disculpe por lo que digo, actúan también Ustedes, los abogados, con lso procuradores, que aún no se la función que tienen al margen de ganar dineros, los oficiales judiciales, los jueces y demás en la cadena, hasta llegar a Leyes obsoletas, anticuadas y poco actualizadas.

    El concepto educacional es necesario, pues desde niños, si aprendemos realmente lo que significa compromiso, o la palabra Amor, y cosas similares, como respeto, libertad del ser humano aunque esté en pareja,…, todo luego sería mejor.

    Los términos en los que la justicia o la Iglesia fomentan los emparejamientos, penden siempre de un hilo extraño al propio ser de la unión. Las personas deben saber que lo suyo es distinto a lo del tema hijos, desde siempre y en todo momento. No se puede legislar para los hijos cuando hay un problema, se legisla desde que nacen hasta que mueren como seres humanos que son. Y cuando surge un conflicto en la pareja, se acaba el rollito, la llama del cariño, la chispa de la unión, cada cual debe ser mayorcito para saber que cada cual es libre de hacer lo que le venga en gana. Es mejor terminar de acuerdo, y con sentimientos de respeto. Y si en ese tiempo de unión, llegaron los hijos, pues la Ley debe decir, al margen de condicionantes económicos y otros, que la guardia y custodia es de ambos, pues ambos lo tuvieron. Esto es muy simple. Pero lo complicamos tanto que da asco.

    Otra vez muchas gracias, Sofía.

  5. SOCIEDAD LIMITADA

    Muchas gracias Sofia por el articulo.
    En todos los caso y aunque contemos con todos los factores, siempre + siempre, tiene que prevalecer el bienestar de los hijos.
    Las malas practican, hacen de ellos monedas de cambio. Como también cierta vez escuche la queja de un catedrático jurista que hablaba de otras malas practicas que se daban en algunos divorcios y que consisten en presenten falsas denuncias de malos tratos. Esto simplemente hace saturar todavía mas los juzgados y no ayudan a las mujeres que realmente y desgraciadamente están siendo maltratadas.

    Saludos cordiales

  6. Eliseo de Bullón

    El Estado debe garantizar legalmente que los hijos no se vean perjudicados por una situación de la que ellos no son responsables.

    Un/a hij@, además de un ser humano real y un futuro ciudadano en potencia, tiene unos derechos que deben ser tutelados por el Estado.

    Las oportunidades de la vida y el desarrollo personal no deben verse perjudicados por las acciones de sus padres.

    A veces, creo que habría que dar a algun@s un Certificado previo de Paternidad.

    No vale cualquiera para ser padre/madre.

    Y creo que un hijo no pertenece a la pareja, sino que es un miembro de la comunidad, de la sociedad. Aunque los responsables de su bienestar sean sus padres.

    1. boticaria

      «Certificado previo de Paternidad»

      Cuánta razón tienes, Eliseo de Bullón, en algunos casos (desafortudamente tb hay parejas excelentes que no tienen la maravillosa oportunidad de ser padres), pienso que es injusto que a ciertas parejas les resulte tan fácil engendrar, y tan difícil educar y ser educados y con sentido común en lo referente a sus hijos.

      Muchas gracias por abordar este tema en este artículo.

      Buena tarde.

  7. Nacho Rivera

    Importante tema Sofía, muchas gracias por traerlo.

    En circunstancias normales y objetivas entiendo que la custodia compartida es lo más justo para todos. Dentro del pequeño drama que puede ser para todos los implicados.

    Una vez más lo individual(niño en este caso ), se ve amenazado por causas exógenas, siendo en muchos casos un problema que arrastre el resto de su vida.
    Un sistema social sano debe de remediar y/o minimizar esos efectos.

    Gracias por el artículo.

  8. Sananda

    Gracias por el artículo.
    Ojalá dén con la «tecla», para mejorar y asegurar el estado de los hijos de padres separados, de forma que salgan mucho mucho mejor parados que hasta ahora.
    Hagan lo que han de todas formas, un niño que deba de vivir su infancia a base de «régimenes», en relación con sus progenitores, y compartir a uno u otro, por separado y por tiempos…..
    Todo este «chapú» siempre representará para el niño, una «mella» en su felicidad………..
    Y esto sin compararlo, con la desgracia de tener que verse entre dos personas (sus propios padres)juntas pero en enemistad.
    Esa es otra desgracia más, pero sin comparar una con la otra…….
    Todo esto es «mal asunto» para el mundo infantil,
    el mismo que mañana, deba de afrontar el sosten y mundo de los demás……

  9. juanmanuel

    Hola Sofia, gracias por traer este tema que tambien has desarrollado.
    El sabado pasado hubo una manifestación en Madrid por la Custodia compartida, solo estubo Intereconomia como T V para informar.
    Te paso una información de Europapress que ni siquiera saca una foto, lo que si te puedo asegurar que estabamos más de los que dice.
    http://www.europapress.es/sociedad/noticia-cientos-personas-manifiestan-reconocimiento-custodia-compartida-20101120174304.html
    Saludos.
    Juan Manuel

  10. Cristalmar

    Bueno, mi opinión basada en el trabajo con adolescentes. La mayoría con trastornos del comportamiento, y desestructuración familiar.
    Me dejan la experiencia, en la mayoría de los casos, que cuando existe el rechazo visceral a uno de los progenitores, no tiene que ver con la actitud del otro.
    Lo que si les causa, es un profundo sentimiento de culpa, por sentirse en deslealtad con el progenitor, sobre el que se lanzan acusaciones y recriminaciones.
    A las que el menor no puede responder, pero no comparte.
    Los afectos establecidos desde la primera etapa infantil, no son condicionados, por un divorcio.
    Lo que si se genera; es una angustia sobre el menor, al sentirse dividido y en situación de tener que verse eligiendo a uno de sus padres.

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